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Tribunal · solo Pro
SII con PINTO BELTRÁN
Fecha: 28-04-2023 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
ACOGE No Ha Lugar
Se desestima denuncia por supuesta utilización de facturas falsas para aumentar crédito fiscal en IVA, al no acreditarse la falsedad de los documentos cuestionados.
Se denunció a Macarena Pinto Beltrán por registrar en su libro de compras facturas por servicios agrícolas ficticios emitidas por cuatro proveedores (Agrícola La Higuera SpA, Servicios Reggio Ltda., Inversiones Auckland SpA y Empresa de Servicios Transitorios y Outsourcing SpA) durante períodos entre agosto 2016 y febrero 2018, sin acreditar pagos de remuneraciones ni retenciones que ampararan la realización de los trabajos. El perjuicio fiscal imputado ascendía a $17.092.083.
El tribunal analizó pormenorizadamente cada proveedor y sus facturas. Concluyó que los antecedentes aportados por la denunciante (anotaciones negativas, ventas desproporcionadas al capital inicial, ausencia de declaraciones juradas de remuneraciones, domicilios virtuales, créditos calzados y testimonios) no constituyen prueba suficiente para acreditar la falsedad de las facturas. El tribunal enfatizó que el incumplimiento de normas de prevención del artículo 23 del DL825 no puede por sí solo sustentar la falsedad, y que la prueba testimonial resultó insuficiente al carecer de antecedentes cont
Se declara NO HA LUGAR al Acta de Denuncia N°3/2021 por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario. Se deja sin efecto la denuncia y se ordena el cumplimiento administrativo del fallo.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
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Talca, veintiocho de abril de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1 y siguientes, rola Acta de Denuncia N° 3/2021, de fecha 02.12.2021, notificada por cédula en la misma fecha, por infracción sancionada en el inciso segundo del No. 4° del artículo 97 del Código Tributario, en contra de la contribuyente MACARENA PINTO BELTRAN, RUT N° [RUT reservado], con giro en “ Contratista agrícola; venta de comid a al paso, confites, bebidas ”, con domicilio en Camino El Tranque S/N San Víctor Álamo, comuna de Linares, la que no fue reclamada.
En el acta de denuncia se consigna que , verificados y analizados los períodos mensuales del Impuesto a las Ventas y Servicios, se pudo observar que la contribuyente denunciada registra irregularidades. Así , se indica que , de los antecedentes aportados por la contribuyente y los existentes en poder del Servicio, se logró establecer que esta habría registrado en su libro de compras facturas por servicios agrícolas los cuales corresponderían a trabajos ficticios, por cuanto no existirían pagos de remuneraciones ni retención de honorarios que amparen que los proveedores realizaron dichos trabajos , lo que habría generado un perjuicio fiscal en los períodos tributario s de agosto de 2016 ; mayo, julio, agosto, octubre , noviembre y diciembre de 2017 ; y enero y febrero de 2018, que, actualizado a junio de 2021, asciende a la cantidad de $17.092.083.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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