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Tribunal · solo Pro
JALABERT MOENNE LOCCOZ con SII
Fecha: 15-12-2023 · Materia: Liquidación
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidaciones por diferencias de IVA, Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario por uso de facturas falsas no acreditadas por el contribuyente.
Erich Jalabert Moenne Loccoz fue fiscalizado por el SII en 2018 por Plan Regional de Revisión de Riesgo. Presentó parcialmente documentos requeridos en Notificación N° 150 de julio 2018. El SII detectó facturas falsas de múltiples proveedores (Constructora La Paz, Serrafor, Cumbres, entre otros) por servicios de construcción y compras de materiales. El contribuyente no acreditó ejecución de obras, traslado de mercadería, ni efectividad de pagos. Se emitieron Liquidaciones 440-455 de diciembre 2019 rechazando crédito fiscal de IVA y determinando diferencias por $194.165.780.
El tribunal constata que el contribuyente no acompañó antecedentes probatorios que desmientan la falsedad de facturas ni documentos que acrediten servicios efectivos o pagos. La testigo del SII declaró que verificaciones presenciales confirmaron inexistencia de obras consignadas. El SII dedujo querella criminal por delito tributario. Conforme al artículo 21 del Código Tributario, corresponde al contribuyente probar la verdad de sus declaraciones. Las liquidaciones por IVA están correctamente determinadas por rechazo del crédito fiscal en facturas falsas. Las liquidaciones por Impuesto a la Ren
Se rechaza incidente de nulidad de Citación N° 34 y reclamo contra Liquidaciones 440-455 del 24 de diciembre de 2019. Se confirman las liquidaciones por diferencias de IVA, Impuesto de Primera Categoría, Impuesto Global Complementario y Reintegro artículo 97 LIR. Se condena en costas al reclamante.
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Temuco, quince de diciembre de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don ERICH JAIME JALABERT MOENNE LOCCOZ, cédula de identidad N° [RUT reservado], domiciliado en Predio Chacra Francia , Tercera Faja, comuna de Gorbea, quien representado por el abogado Eduardo Guzmán Jara, cédula de identidad N° [RUT reservado], domiciliado en calle General Mac kenna N° 265, oficina 205, Temuco, interpone reclamo en contra de las liquidaciones números 440 a 455, de 24 de diciembre de 2019, emitidas por la Dirección Regional Araucanía del Servicio de Impuestos Internos las cuales determinan diferencias gravadas con Impuesto al Valor Agregado en los períodos tributarios de diciembre de 2016, febrero, marzo, abril, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017, enero, febrero y marzo de 2018 ; reintegro del articulo 97 de la Ley de la Renta de l periodo tributario de julio de 2017; Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario de l año tributario 2018, por la suma de $194.165.780, m ás reajuste, intereses y multa s, provenientes del registro y declaración de facturas falsas por parte del contribuyente, conforme los siguientes fundamentos y argumentos:
I.- Alegación previa. Nulidad de la Citación N° 34:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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