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Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

EKONO LIMITADA con SII

Fecha: 23-01-2024 · Materia: Resolución · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte

HA LUGAR EN PARTE+23.000M Confirmatorio Ha Lugar en Parte

Resumen (IA)

Tribunal acoge parcialmente el reclamo de Ekono contra resolución del SII que objetó deducciones tributarias de AT 2016 por falta de acreditación documental de gastos de ejercicios anteriores, modificando la resolución reclamada.

Hechos

Ekono Limitada declaró pérdida tributaria de $16.402.104.865 en AT 2016. El SII fiscalizó y modificó la pérdida a $3.318.350.909, rechazando deducciones por partidas como intereses con relacionadas, arriendos, fletes, comisiones y servicios contractuales de AT 2009-2016. La sociedad presentó tres solicitudes de rectificación (F-2117) y posteriormente recurso de reposición administrativo, resultando parcialmente acogidas algunas cuentas. Ekono reclama al Tribunal por las cuentas no acreditadas: Otros Varios ($1.036.020.228), Otros Egresos ($1.148.757.602), Comisión fletes ($1.788.221.305), Flet

Considerandos clave

El Tribunal analiza los argumentos de razonabilidad, prescripción y actos propios. Respecto de la prescripción, estima que si bien el SII puede revisar operaciones de periodos prescritos en caso de pérdidas de arrastre, la motivación debe ser razonable. Sobre actos propios, considera que la anterior rectificación no vincula al SII para posteriores revisiones. En cuanto a la acreditación, el Tribunal exige documentación fehaciente que acredite los hechos económicos registrados contablemente. Constata que para varias cuentas solo se aportaron Libros Mayores, comprobantes contables y capturas SAP

Resolutivo

Se acoge en parte el reclamo de Ekono Limitada. Se modifica la Resolución Ex. N°192/2018 del SII, que mantenía sin acreditación las cuentas de resultado N°420501099, N°630199001, N°420101004, N°420701005 y N°420401098 por los montos no comprobados documentalmente.

Texto del fallo

EN SANTIAGO, A VEINTITRÉS DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO.

La presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.

VISTOS:

El escrito de fecha 27 de abril de 2019, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don JUAN CRISTÓBAL ORTEGA SOFFIA, RUT N°[RUT reservado], en representación de EKONO LIMITADA, RUT N°76.473.580-3, domiciliados para estos efectos en Avenida Costanera Sur N°2730, piso 12, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Ex. N°192/2018 de fecha 27 de agosto de 2018, notificada mediante correo electrónico de fecha 28 de agosto del mismo año, emitida por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), mediante la cual resolvió no dar lugar a las peticiones administrativas Formulario 2217 (F-2117) de Folio N°77316200524 de 29 de diciembre de 2016, Folio N°77317231488 de 9 de febrero de 2017 y Folio N°77317429298 de 15 de noviembre de 2017; modificar la pérdida tributaria determinada por el contribuyente para el año tributario 2016 (AT 2016) a $(3.318.350.909); no dar lugar a la solicitud de devolución y modificar el saldo de Capital Propio Tributario determinado para el AT 2016 a la suma de $13.564.982.097.-

En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que mediante

Resolución Ex. N°192/2018 y Liquidación N°86/2018 el SII objetó la procedencia de partidas que incidieron en el resultado tributario declarado por la sociedad en el AT 2016, reduciendo la pérdida tributaria declarada de la suma de $(16.402.104.865) a la suma de $(3.318.350.909), denegándole la solicitud de 1 devolución contenida en su declaración de renta y estableciéndole la obligación de pagar un reintegro por la cantidad de $201.626.911.-

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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