Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
CENCOSUD SHOPPING S.A. con SII
Fecha: 21-06-2024 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZAAvalúo +9.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de CENCOSUD SHOPPING contra reavalúo fiscal 2022 de inmueble no agrícola en Temuco, confirmando metodología de áreas homogéneas y coeficientes aplicados por el SII.
CENCOSUD SHOPPING S.A. reclama contra reavalúo efectuado por el SII en 2022 al inmueble rol 1377-16 de Temuco (46.793 m² de terreno, avalúo $131.901.672.480). El inmueble está clasificado en área homogénea CAM400 con valor de $627.056/m². La reclamante argumenta que el SII incumple la Ley N°17.235 al crear un área homogénea especial para su predio, con rangos de superficie de 100 a 50.000 m², discriminándola respecto a otras áreas homogéneas similares con límites máximos de 600 a 1.300 m².
El Tribunal analiza que conforme a los artículos 3 y 4 de la Ley N°17.235, el SII debe realizar cada cuatro años el reavalúo de bienes raíces no agrícolas considerando sector, urbanización y equipamiento. La reclamante sostiene que la metodología de áreas homogéneas no se ajusta a la ley, que no autoriza parámetros como categoría de edificaciones y densificación. Alega que no se aplican correctores de superficie por ser el rango demasiado amplio (59 veces superior al de predios colindantes), impidiendo aplicar coeficiente de 0.4. También cuestiona que no se consideren economías de escala en co
El Tribunal falla rechazando el reclamo presentado. Confirma que el reavalúo fiscal realizado por el SII se ajusta a derecho y a la metodología establecida en la normativa aplicable, sin que la reclamante haya acreditado error en la tasación efectuada.
Temuco, veintiuno de junio de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Eugenio Benítez Kufferath , abogado, c édula de identidad N°[RUT reservado], en representación de la contribuyente CENCOSUD SHOPPING S.A. , RUT N°76.433.310-1, ambos domiciliados en Avenida Alemania N° 0671, cuarto piso, oficina de Administración Portal Temuco, comuna de Temuco, quien interpone reclamo en contra del reavalúo efectuado por el Servicio de Impuestos Internos en el año 2022 a l inmueble no agrícola de propiedad de la mencionada sociedad, rol de avalúo 1377-16 de la comuna de Temuco, en base a los fundamentos y argumentos que a continuación se resumen: 1.- Manifiesta que su representada es dueña del inmueble rol de avalúo 1377 -16 de la comuna de Temuco que tiene una superficie de terreno de 46.793 metros cuadrados, con un avalúo fiscal del inmueble de $131.901.672.480. Conforme al reavalúo de bienes raíces no agrícolas del año 2022 el inmueble se encuentra emplazado en el área homogénea CAM400 con un valor de $627.056 por metro cuadrado de terreno y un rango de superficie predial que va desde 100 a 50.000 metros cuadrados. 2.- Argumenta que en consideración a lo establecido en los artículos 3 y 4 de la Ley N°17.235, sobre Impuesto Territorial, el Servicio de Impuestos Internos debe realizar cada cuatro años el reevalúo de los bienes raíces de la segunda serie no agrícola, para lo cual debe impartir las definiciones técnicas y administrativas necesarias para efectuar la tasación de dichos inmuebles, incluyendo las definiciones requeridas para el cálculo de valores unitarios de terrenos y construcciones que permitirán fijar los nuevos avalúos. De esta forma, el Servicio para cumplir con lo anterior, debe elaborar tablas de valores unitarios de ter renos y considerar solo tres aspectos: sectores de ubicación, obras de urbanización y equipamiento de que dispone.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.
Empezar a buscarAcceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.