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Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

SURALIS S.A. con SII

Fecha: 07-05-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas

HA LUGAR EN PARTE+3.000M Ha Lugar en Parte

Resumen (IA)

Tribunal rechaza anulación de liquidación tributaria por compensaciones pagadas por corte de agua en Osorno, pero anula multa del art. 97 N°11 del Código Tributario por falta de acreditación de malicia o negligencia.

Hechos

El 11 de julio de 2019, una contaminación por petróleo en la Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osorno causó la suspensión del suministro de agua hasta el 21 de julio. ESSAL (hoy Suralis) compensó a usuarios con $2.914.113.644 conforme a la Ley de Protección al Consumidor. Suralis solicitó devolución de impuestos por $3.488.168.079 en su declaración rectificatoria de 2020, que fue pagada. El SII posteriormente emitió la Liquidación N°33 del 30 de agosto de 2023, rechazando el gasto e imponiendo impuesto del artículo 21 LIR y multa del artículo 97 N°11 CT.

Considerandos clave

El tribunal analiza si las compensaciones por interrupción de suministro constituyen gasto aceptado o rechazado. Reconoce que el servicio de agua potable es público y monopolista, y que la Ley de Protección al Consumidor establece compensación automática sin exigir acreditación de culpa. Aunque acredita negligencia culpable de la empresa, considera que la normativa legal permite las compensaciones independientemente de responsabilidad civil. Sin embargo, el tribunal rechaza deducir el gasto de la base imponible de años anteriores, pues cada período tributario se evalúa independientemente. Resp

Resolutivo

Ha lugar parcialmente al reclamo. Rechaza anulación de liquidación y modificación de base imponible. Anula la multa del artículo 97 N°11 CT por $925.636.002. Mantiene vigente el impuesto del artículo 21 LIR y los intereses. Se modifica liquidación dejando sin efecto solo la multa.

Texto del fallo

1

Puerto Montt, siete de mayo de dos mil veinticinco.

VISTOS:

A fojas 1, comparece don Fernando Leigh Court , RUT N°[RUT reservado], abogado, en representación de SURALIS S.A., RUT N°96.579.800-5, ambos domiciliados en Covadonga N°52, comuna de Puerto Montt , quien interpone reclamo tributario en contra de la Liquidación N°33, de fecha 30 de agosto del año 2023, emitida por la X Dirección Regional Puerto Montt del Servicio de Impuestos Internos , de acuerdo a los argumentos que expone.

La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 19305,05; Multa UTM 14200,79; Reajuste UTM 4362,94; Intereses UTM 10295,57; Cuantía Bruta UTM 48164,35.

En relación a los antecedentes de hecho, señala que el día 11 de julio de 2019, producto de la detección de una contaminación de petróleo en la Planta de Tratamiento de Agua Potable ubicada en el sector de Caipulli, se declaró una emergencia en el sistema de producción de agua potable de la ciudad de Osorno. Ante este incidente, ESSAL suspendió de forma inmediata el suministro de agua potable de dicha ciudad. El hecho tuvo un serio impacto en las instalaciones para potabilizar y almacenar agua, lo que obligó a reconstruir gran parte de la infraestructura y realizar un riguroso lavado de las instalaciones afectadas, logrando retomar la distribución de agua potable a la totalidad de la localidad de Osorno el día 21 de julio de 2019. Producto de la suspensión del suministro, Essal procedió a informar a los usuarios del servicio afectados por el corte de suministro, que, conforme a la Ley de Protección al Consumidor, serían compensados de manera directa y automática, con una suma equivalente a diez veces el valor promedio diario de lo facturado en el estado de cuenta anterior al de la respectiva suspensión, paralización o no prestación del servicio. Dicha compensación totalizó la suma de $2.914.113.644.

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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