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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD MINERA MONTE ALTO SPA con SII
Fecha: 12-08-2025 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA+9.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de liquidaciones de IVA por $9.221 millones, confirmando que facturas de proveedores son ideológicamente falsas y declaraciones maliciosamente falsas, sin acreditar reclamante el cumplimiento de requisitos del artículo 23 N°5 de la Ley del IVA.
Sociedad Minera Monte Alto SPA recurre contra 60 liquidaciones del SII por diferencias de IVA en periodos mayo 2018 a noviembre 2023, por total $9.221 millones. El SII rechazó créditos fiscales por facturas de siete proveedores relacionados (Maquiservice, Inversiones de Oro, Invenpro, Progeomin, Ankatu Minerals, Marcemaq, Marcelimp), calificándolas de falsas. Reclamante alega proyecto asociativo minero con apoyo estatal y que proveedores cumplieron obligaciones tributarias, cuestionando la falta de fundamentos del SII.
El Tribunal constata que el SII realizó análisis exhaustivo de capacidad económica, financiera y tributaria de los proveedores, demostrando que carecían de activos, trabajadores y capital suficientes para realizar operaciones facturadas por miles de millones. Las facturas son ideológicamente falsas pues las operaciones no existieron. El representante legal actual (Luis Berrios) declaró ser testaferro de Cristian Pérez, quien administraba las empresas. Los comprobantes de pago aportados por reclamante son insuficientes y no identifican facturas específicas. Reclamante reconoce operaciones de tr
No ha lugar al reclamo. Se confirman las liquidaciones reclamadas en todas sus partes. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
RESUMEN:
PARTES: SOCIEDAD MINERA MONTE ALTO SPA CON SERVICIO D E IMPUESTOS
INTERNOS.
RIT: Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
MATERIA: LIQUIDACION.
PROCEDIMIENTO: GENERAL DE RECLAMACIÓN.
CUANTÍA: 137.025,63 UTM.
La Serena, doce de agosto de dos mil veinticinco.
VISTOS:
Que a fojas 360 y siguientes, con fecha 14 de febrero de 2025, comparecen don FRANCISCO ANTONIO GONZÁLEZ SEPÚLVEDA, Abogado, cédula de identidad número [RUT reservado] y NIGER ESTEBAN CANTILLANA JEREZ, Abogado, cédula de identidad número [RUT reservado], ambos domiciliados en huérfanos N°1147, oficina N°837, Santiago, Región Metropolitana, en representación de la SOCIEDAD MINERA MONTE
ALTO SPA , rol único tributario número 76.217.977-6, domiciliada en Mina Segura Uno al Cinco 0 Sector Media Luna, comuna de Combarbalá de la ciudad de Combarbalá, Región de Coquimbo y expresan que vienen a deducir Reclamo según el procedimiento contenido en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las liquidaciones N°s 481751, 481752, 481753, 481754, 481755, 481756, 481757, 481758, 481759, 481761, 481774, 481775, 481776, 481777, 481778, 481779, 481780, 481781, 481784, 481785, 481787, 481789, 481790, 481793, 481797, 481799, 481802, 481804, 481806, 481807, 481809, 481812, 481816, 481819, 481828, 481831, 481833, 481839, 481842, 481845, 481849, 481852, 481855, 481858, 481821, 481824, 481826, 481829, 481830, 481834, 481836, 481838, 481840, 481843, 481848, 481783, 481786, 481788, 481792, 481794, 481795, 481796, realizadas por la IV Dirección Regional de La Serena, Unidad de Ovalle del Servicio de Impuestos Internos, por diferencia en la declaración de IVA, correspondientes a los periodos tributarios de mayo de 2018 a noviembre de 2023, notificada s a su representada con fecha 31 de octubre de 2024 (por un total de $9.221.003.308 entre impuestos, reajustes, intereses y multas).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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