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Tribunal · solo Pro
MEDINA RAMOS con SII
Fecha: 16-12-2025 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra avalúo fiscal de unidad condominial. Desestima aplicación de coeficiente corrector excepcional por prohibición de edificar (57% del predio) y rectificación de prorrateo de áreas comunes (14,81% vs. 4,17%), por falta de prueba documental suficiente.
María Camila Medina Ramos es propietaria de la Unidad U5 del Condominio Los Arrayanes en Hualpén (rol 7020-143), inmueble de 5.030 m² parcialmente ubicado en zonas ZAM (Acantilados Marinos) y ZD (Drenaje). El SII rechazó su solicitud de modificación del avalúo fiscal mediante Resolución 41/2021. Reclamante argumenta que: (1) corresponde aplicar coeficiente corrector excepcional de 0,25 por prohibición de edificar (57% de superficie), y (2) prorrateo en áreas comunes debe ser 4,17% (1/24 del condominio) y no 14,81%.
El tribunal analiza la Resolución Exenta 28/2018 del SII que establece coeficientes correctores excepcionales. Señala que para aplicar factor de corrección por minusvalía se requiere prueba objetiva de pérdida de valor. Advierte que reclamante no acompañó las fichas de áreas homogéneas ni certificado de informaciones previas validados (Municipio requería subsanar observaciones previas). Respecto del prorrateo, tribunal constata que SII determinó 14,81% por falta de formularios 2083 y 2803-B del condominio tipo B, calculando con antecedentes disponibles. Ante ausencia de medios de prueba sufici
Se rechaza el reclamo deducido por María Camila Medina Ramos contra Resolución Ex. SII 41/2021. Se confirma el avalúo fiscal de la Unidad U5 del Condominio Los Arrayanes manteniendo coeficiente corrector 1,00 y prorrateo 14,81% en áreas comunes. No se condena en costas por motivos plausibles de litigio.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 62 y siguientes, comparece el abogado don Hugo Tapia Krug, Rut n° [RUT reservado], en representación, de MARIA CAMILA
MEDINA RAMOS , psicóloga, Rut n° [RUT reservado], ambos domiciliados para estos efectos en Chacabuco 1085, oficina 803, Comuna de Concepción; quien deduce reclamo en contra de la Resolución Ex. SII N° 41 de fecha 15 de enero de 2021, a través de la cual el Servicio de Impuestos Internos, resolvió dar no ha lugar a la Solicitud de modificación de avalúo fiscal del inmueble de su representada, que corresponde a la Unidad U5, del “Condominio Los Arrayanes”, con acceso por Camino a Hualpén, sin número, ubicado en la comuna de Hualpén, Rol de avalúo Fiscal N° 7020-143.
Estructura su reclamo de conformidad a los siguientes acápites:
I. Antecedentes
A. Antecedentes del inmueble.
B. Proceso de tasación fiscal del inmueble por parte del SII.
C. Solicitud de modificación de catastro de bienes raíces
II. Fundamentos esgrimidos por el SII en la Resolución reclamada
III. Argumentos del contribuyente que rebaten la posición del SII en la Resolución. a. E rrada determinación del avalúo del inmueble derivada de no aplicar el coeficiente corrector excepcional, “prohibición de edificar”. b. Errada determinación del porcentaje de prorrateo que corresponde al inmueble, en los bienes de uso común del condominio Los Arrayanes de la comuna de Hualpén.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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