Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA SIERRA NEVADA LIMITADA con SII
Fecha: 16-04-2026 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
El Tribunal acogió parcialmente el reclamo de avalúo fiscal, rechazando el coeficiente de 0,50 solicitado pero aplicando un coeficiente excepcional de 0,80 al terreno remanente, por minusvalía singular derivada de la afectación a utilidad pública no considerada en la tasación.
Inmobiliaria Sierra Nevada Limitada reclama el avalúo fiscal del inmueble rol 439-48 ubicado en Los Ángeles, tasado en $523.268.592 para el primer semestre 2022. El predio tiene 4.567 m² de superficie, de los cuales 1.312,5 m² (28,7%) están afectos a utilidad pública por ensanche de Avenida Marconi. La reclamante sostiene que la ficha del área homogénea HMB072 no consideró esta afectación singular. Pide se aplique coeficiente de corrección de 0,50 o, subsidiariamente, se reconozca una minusvalía del terreno remanente. El SII contesta que la materia corresponde a exención de impuesto territoria
El Tribunal estimó procedente examinar el reclamo bajo la causal del artículo 149 N°2 del Código Tributario, pues no se pretendía nuevamente la exención de la franja afecta, sino la corrección del avalúo del terreno remanente por minusvalía singular no recogida en la tasación fiscal. Acreditó que la franja está efectivamente afecta a utilidad pública y que la ficha del área homogénea no registra esta restricción. Rechazó el coeficiente de 0,50 por cuanto la declaración de utilidad pública no equivale per se a prohibición de edificar. Sin embargo, reconoció que el desglose padre-hijo mantuvo el
Se acogió parcialmente el reclamo. Se rechazó la aplicación del coeficiente de 0,50 solicitado en forma principal. Se ordenó aplicar un coeficiente excepcional equivalente de 0,80 al recalcular el avalúo del terreno remanente afecto a impuesto, una vez segregada la franja de utilidad pública. Se confirmó en lo demás la tasación. No se condenó en costas a la reclamada.
Concepción, a la fecha indicada al pie de firma.
VISTOS:
Que, a folio 11 y siguientes, comparece don Jorge Montecinos Araya, abogado, domiciliado en Avenida Chacabuco 1085, oficina 1102, cédula nacional de identidad número [RUT reservado], en representación de Inmobiliaria Sierra Nevada Limitada, rol único tributario número 78.328.360 -3, representada legalmente por don Mario Andrés
González Bello, empresario, cédula nacional de identidad número [RUT reservado], quien deduce reclamo en contra del avalúo fiscal asignado al bien raíz rol 439-48, de la comuna de Los Ángeles, ubicado en Prolongación Avenida Marconi número 250.
Expone, en síntesis, que la tasación general practicada por el ente fiscalizador asignó al inmueble un avalúo que, para el primer semestre del año 2022, ascendía a $523.268.592, tratándose de un sitio eriazo emplazado en el área homogénea HMB072. Refiere que el predio tiene una superficie total de 4.567 metros cuadrados y que una franja de 1.312,5 metros cuadrados, equivalente al 28,7% de su cabida, se encuentra afecta a utilidad pública por ensanche de Avenida Marconi, conforme al certificado de informaciones previas número 1145, al certificado de afectación a utilidad pública número 212, ambos de 4 de mayo de 2022, y al certificado número 32/2022, de 4 de julio de 2022, emitidos por la Municipalidad de Los Ángeles.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.
Empezar a buscarAcceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.