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Tribunal · solo Pro
FORESTAL LA UNION LIMITADA con SII
Fecha: 06-05-2026 · Materia: Liquidación · Juez: orlando_ivan_cuevas_reyes
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo y deja sin efecto liquidación de IVA por tasación insuficientemente fundamentada de plantaciones forestales, aunque reconoce configuración del hecho gravado de universalidad.
Forestal La Unión Limitada vendió el 24 de febrero de 2021 a Bosques Cautín S.A. predios forestales, plantaciones y derechos de agua por suma alzada. El SII detectó la operación durante proceso de término de giro e emitió Liquidación N°18 del 12 de junio de 2024, determinando IVA de $101.092.519 por subdeclaración de débito fiscal. La reclamante sostiene que la operación no está afecta a IVA por no configurar universalidad con derecho a crédito fiscal; además, cuestiona la tasación de la base imponible como arbitraria.
El Tribunal confirma que la venta de predios, plantaciones y derechos de agua constituye universalidad de hecho gravada por IVA conforme artículo 8 letra f) en relación con letra m) del DL 825, pues presenta unidad económica y los bienes fueron enajenados conjuntamente. Rechaza que el requisito de crédito fiscal deba concurrir en todos los bienes; basta que alguno (plantaciones) lo cumpla. Sin embargo, determina que la tasación practicada por el SII aparece sustentada primordialmente en valorizaciones del adquirente sin validación técnica suficiente del ente fiscalizador respecto de comparable
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N°18 de 12 de junio de 2024 por insuficiente fundamentación de la tasación de la base imponible. No se condena en costas a la reclamada por haber tenido motivo plausible para litigar.
PROCEDIMIENTO GENERAL DE RECLAMACIÓN
MATERIA: RECLAMO DE LIQUIDACIÓN
RECLAMANTE: FORESTAL LA UNION LIMITADA
RECLAMADA: SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
CUANTÍA NETA: 1502,25 UTM
MULTA: 1.149,22 UTM
REAJUSTE: 413,12 UTM
INTERESES: 1.149,22 UTM
CUANTÍA BRUTA: 4.213,81 UTM
Temuco, seis de mayo de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Víctor Manuel Sanhueza Gutiérrez , abogado, domiciliado para estos efectos en Avenida Hochstetter N°560, oficina 202, comuna de Temuco, en representación de la SOCIEDAD FORESTAL LA UNIÓN LIMITADA, RUT 76.903.940-6, del giro de su denominación, domiciliada en calle Máximo Reyes N°1665 de la misma ciudad, quien interpone reclamo en contra de la Liquidación N°18, de 12 de junio de 2024, emitida por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos , la cual determinó una diferencia gravada con Impuesto al Valor Agregado por la suma de $101.092.519, correspondiente al período tributario de febrero del año 2021 . Solicita que se deje sin efecto la liquidación reclamada en todas sus partes, conforme a las siguientes consideraciones y fundamentos: 1.- Expone que, en el contexto de un proceso de término de giro iniciado con fecha 27 de marzo de 2023, el Servicio detectó la venta efectuada el 24 de febrero de 2021 a la sociedad Bosques Cautín S.A., consistente en un conjunto de bienes integrado por predios forestales, plantaciones y derechos de aprovechamiento de aguas, operación que dio origen a una fiscalización y posterior emisión de la liquidación reclamada, al estimar la autoridad tributaria que dicha operación se encontraba afecta a IVA y que la contribuyente habría subdeclarado el débito fiscal correspondiente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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