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Tribunal · solo Pro
SII con Ingeniería Construcción Montaje Forestal y Manteni
Fecha: 02-09-2026 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma infracción por uso malicioso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA, aplicando multa de $96.746.496 (140% del impuesto evadido) bajo art. 97 N°4 inciso 2° CT.
Contribuyente EIRL registró 15 facturas falsas emitidas por Valtiacorp Limitada entre abril 2021 y marzo 2022, con el propósito de incrementar indebidamente su crédito fiscal IVA y reducir su carga tributaria. La representante legal de Valtiacorp reconoció la emisión de facturas falsas y su arrepentimiento. El contribuyente rectificó voluntariamente los formularios F29 el 02.06.2022, dos meses después de ser citado a declarar por el SII, elimando los créditos indebidos. El perjuicio fiscal ascendió a $69.104.640 actualizado.
El tribunal constata que la infracción se configura cuando el contribuyente maliciosamente realiza maniobras para aumentar créditos fiscales mediante declaración de documentos tributarios falsos. Las rectificaciones posteriores no eliminan la conducta maliciosa; constituyen un atenuante pero no eximen de sanción. Existe contradicción en los descargos: declara que el nuevo contador detectó anomalías en abril 2022, pero no actuó voluntariamente hasta ser citado el 04.05.2022. La práctica sistemática de 15 facturas sobre múltiples períodos evidencia intención de defraudar, no errores aislados. La
Rechaza descargos de la contribuyente. Confirma Acta de Denuncia N°3-2025 del 04.06.2025. Aplica multa pecuniaria de $96.746.496 (140% del impuesto evadido reajustado), por infracción al art. 97 N°4 inciso 2° CT. Condena en costas a la parte vencida.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
Que, a fojas 1 y siguientes, rola el Acta de Denuncia n° 3-2025, de fecha 04.06.2025, en contra de la contribuyente INGENIERIA, CONSTRUCCIÓN, MONTAJE, FORESTAL Y MANTENIMIENTO INDUSTRIAL KARINA ANDREA
PARADA PARADA E.I.R.L , RUT 76.938.118-K, con giro en servicio de ingeniería, construcción, forestal y mantención industrial , representada legalmente por doña Karina Andrea Parada Parada, RUT [RUT reservado], domiciliad a en calle Lientur n.° 1320 of . 504 de la comuna de Concepción, por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 97 n° 4 inciso 2° del Código Tributario. El acta señala que, de la revisión de antecedentes, se estableció que, en los periodos de abril de 2021 a marzo de 2022, registró y contabilizó facturas falsas, provenientes de Valtiacorp Limitada, con la finalidad de incrementar indebidamente el IVA crédito fiscal a que tenía derecho y disminuir la carga tributaria.
Continúa haciendo mención a los datos del supuesto proveedor y las facturas registradas, como sigue:
Contribuyente: Valtiacorp Limitada
Rut: 77.317.183-3
Giro: Venta de abarrotes y minimarket, frutas y verduras
Domicilio: Bernardo Ohiggins Norte n.° 4621 V La Piedra Chiguayante 4af66ad558fc42fda219f54df2d80a8b
Luego señala, que dichas facturas dan cuenta de servicios que no fueron prestados por su emisor, tal como lo sostiene en declaración jurada doña Caroli Pinto, representante legal de Valtiacorp, quien reconoce la emisión de facturas falsas a doña Karina Parada y manifiesta su arrepentimiento por haber realizado facturas falsas, las cuales no corresponden a trabajos y servicios realizados.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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