Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
AGUIRRE CARREÑO con SII
Fecha: 23-10-2026 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
El Tribunal acoge el reclamo y ordena devolver $12.166.623 por IDPC pagado en exceso, al recalcular la base imponible del impuesto único de Primera Categoría considerando los ajustes al precio de venta de derechos sociales.
El reclamante solicitó la devolución del IDPC pagado en exceso en el AT 2017, tras declarar como base imponible el precio total de la venta de derechos sociales. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N°1848, lo que motivó el reclamo. La controversia se centró en si correspondía ajustar el precio de venta según los acuerdos posteriores de ajuste de precio y, por ende, recalcular el impuesto único adeudado.
El Tribunal examinó los ajustes al precio de compraventa de acciones y derechos sociales, estableciendo que el precio final se redujo a $28.135.208.549. Determinó que la parte reclamante recibió un precio total de $568.956.647 por la venta de derechos sociales, con un costo tributario de $494.777, resultando una base imponible afecta a impuesto único de Primera Categoría de $568.461.870. Aplicada la tasa del 24%, el IDPC asciende a $136.430.849, mientras que el reclamante había declarado $148.597.471, generando un pago en exceso de $12.166.623. Concluyó que procedía la devolución solicitada y
Se acoge el reclamo interpuesto en contra de la Resolución Exenta N°1.848, ordenando a la Directora Regional disponer el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte pagará sus propias costas.
“AGUIRRE CARREÑO MAURICIO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT GR - 18-00014-2021
Santiago, veintitrés de octubre de dos mil veintiséis. –
VISTOS:
A fojas 5, comparece don Camilo Bejar Landabur, abogado, cédula de identidad N°[RUT reservado], en representación de don MAURICIO ROBERTO ROGELIO AGUIRRE CARREÑO , RUT N°[RUT reservado], domiciliado en Camino La Fuente N°2016, comuna de Las Condes, quien indica que, habiendo tomado conocimiento de la forma que señalará, de la existencia de la Resolución Exenta N°1848, que rechazó la solicitud de devolución de Impuesto de Primera Categoría en carácter de Único pagado en exceso, de fecha 23 de julio de 2020, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (En adelante, SII) , sin que hubiere sido notificada a la reclamante a la fecha de presentación del reclamo, interpone reclamo tributario en contra de dicha Resolución, solicitando que se deje sin efecto en todas sus partes, o en las partes que el Tribunal considere pertinente y, en definitiva, se adopten las medidas necesarias que correspondan para que el reclamante obtenga la devolución solicitada, esto es, del monto correspondiente al resultante de la modificación del formulario 22 para el año tributario 2017 (En adelante, AT), debidamente reajustado o el monto que se considere pertinente, teniéndolo por notificado tácitamente de la Resolución, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.
Empezar a buscarAcceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.