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Tribunal · solo Pro
Servicios de Restaurant Rodrigo Ilabaca Robles EIR con SII
Fecha: 09-04-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se confirma infracción por no emisión de boletas por entradas a discoteque por $142.000, rechazando reclamo del contribuyente que alegaba caja inicial mayor. Se aplica multa del 200% con 5 días de clausura.
El 19 de enero de 2014, fiscalizadores del SII ingresaron a la discoteque Sala Murano en Pucón. En la caja de entrada encontraron solo 4 boletas emitidas por $34.000. El arqueo de caja arrojó $246.000. El cajero indicó que la caja se abrió con $70.000. La diferencia no boleteada fue de $142.000. El contribuyente argumentó que mantenía caja inicial de $250.000 diarios por variabilidad turística, pero el encargado desconocía el monto ese día.
El tribunal aplica presunción de inocencia con carga probatoria al SII. La fiscalizadora presentó testimonio directo sobre el arqueo de caja realizado por el cajero en su presencia, siendo funcionarios del SII ministros de fe. El contribuyente no aportó prueba documental del monto de caja inicial de $250.000. La alegación del reclamante es inconsistente: si caja inicial fue $250.000 y se emitieron boletas por $34.000, el total debería ser $284.000, no $246.000. El tribunal valora como indicios que solo se emitieron 4 boletas en noche de mucho público, siendo verosímil la operación no boleteada
Se rechaza reclamo y confirma infracción del artículo 97 N°10 CT. Se aplica multa del 200% del monto de operación ($142.000) y clausura de 5 días. Sin condena en costas por motivos plausibles de litigio.
Temuco, nueve de abril de dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don RODRIGO IGNACIO ILABACA
ROBLES, cédula de identidad N° [RUT reservado], en representación según acredita, de la empresa “SERVICIOS DE RESTAURANT RODRIGO ILABACA ROBLES
E.I.R.L.”, rol único tributario (RUT) N° 76.013.735-9, ambos domiciliados en Pasaje Las Rosas N° 175-C de la comuna de Pucón, y para estos efectos en Los Castaños pasaje Los Raulíes N°691, comuna de Pucón, quien formula reclamo en contra de l denuncio N°1199163, de 19 de enero de 2014, cursado por funcionarios de Ia IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos por la supuesta comisión de la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 10 del C ódigo Tributario, conforme los siguientes argumentos:
Expone que con fecha 19 de enero del presente año se le notificó por un fiscalizador del Servicio de Impuestos Internos la infracción sancionada por el artículo 97 N° 10 del Código Tributario , por no emitir boleta por concepto de entradas a su local por un total de $ 146.000.- Manifiesta que el funcionario del Servicio concurrió al local de Pasaje Las Rosas N° 175 -C, donde realizó un arqueo de la caja ubicada a la entrada de ese recinto, que arrojó la suma de $246.000. -, encontrando además la emisión de 4 boletas por concepto de entradas que sumaban un total de $34.000.- Al no concordar las sumas de dinero que se encontraban en arcas con la emisión de las boletas, el fiscalizador le consulta al entonces encargado de local Sr. Enzo Polito Alvarado por el monto de la caja chica, quien no supo proporcionar la suma exacta manejada en caja, ya que principalmente sus labores consistían ese día en la apertura del local y organizar a los trabajadores , explicando en este punto el contribuyente que por razones de seguridad prefiere rotar a diario las funciones de sus trabajadores. Sostiene que ese motivo más la circunstancia que las cajas fueran preparadas por él, explican que el Sr.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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