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Tribunal · solo Pro
Marchant Sepulveda con SII
Fecha: 05-05-2014 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra multa por pérdida no fortuita de libros y documentos tributarios sustraídos mediante robo del maletero de vehículo en que viajaba el contador del contribuyente.
El contador del reclamante, Pedro José Baeza López, sufrió robo del maletero de su vehículo la noche del 14 de enero de 2014 en calle Thiers esquina Avenida Alemania de Temuco, donde se encontraba estacionado sin ocupantes. Del robo resultaron sustraídos documentos tributarios del reclamante, incluyendo libro de compraventas de octubre a diciembre de 2013 y facturas de proveedores de diciembre de 2013. El contador denunció el hecho ante Carabineros el 16 de enero de 2014 y el contribuyente notificó la pérdida al SII el 27 de enero de 2014 mediante Formulario 3238.
El tribunal analiza si la pérdida de documentación tributaria reviste carácter fortuito conforme al artículo 97 N°16 del Código Tributario. Considera que para configurar caso fortuito deben concurrir requisitos de imprevisibilidad e imposibilidad de resistencia. Estima que el contribuyente no adoptó debidos resguardos al permitir que documentación tributaria permaneciera en vehículo estacionado en vía pública durante la noche sin ocupantes, lo que permitió comisión de delito. Señala que la obligación de custodia recae en el contribuyente según artículo 17 del CT, obligación que persiste aunque
Se rechaza el reclamo presentado y se confirma la infracción sancionada en el acta de denuncia de 5 de febrero de 2014 por pérdida no fortuita de libros y documentos tributarios, aplicando multa de 14 unidades tributarias mensuales con expresa condena en costas.
Temuco, cinco de mayo de dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don SERGIO HUMBERTO
MARCHANT SEPULVEDA, cédula de identidad N° [RUT reservado], domiciliado en Fuentes N°395, comuna de Padre Las Casas , quien interpone reclamo en procedimiento especial de aplicación de ciertas multas, en contra de l acta de denuncia de infracción folio N° 77313002937, de 5 de febrero de 201 4, practicada por funcionarios de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos por la pérdida no fortuita de libro de compraventas con anotaciones de octubre a diciembre de 2013 y facturas de proveedores correspondientes al mismo período, comunicada por el contribuyente al ente fiscalizador el 28 de enero de 2014.
Expone al efecto que el contador de su negocio, Pedro
José Baeza López, retiró sus documentos de compra y venta correspondiente al mes de diciembre de 2013 para realizar la respectiva declaración de impuestos al mes en cuestión, pero el día 15 de enero de 2014, dicho contador sufrió un robo desde el maletero de su vehículo, patente NU 1826, desde donde terceros sustrajeron un bolso negro que contenía los documentos tributarios del reclamante y de la contribuyente Lidia Salamanca, correspondientes a facturas por compras del mes de diciembre y libro de compraventa que contenía el detalle de los movimientos de los meses de octubre a diciembre de 2013. Señala que su contador sólo se enteró del robo de documentos el día 16 de enero 2014, debido a que no pudo abrir la chapa la puerta del maletero , procediendo a realizar la denuncia del hecho a Carabineros de la Segunda Comisaría de Temuco, donde declaró lo ocurrido y después de tres días retiró copia de las diligencias en el Ministerio Publico para ser presentadas al Servicio de Impuestos Internos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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