Texto procesado con inteligencia artificialEl cuerpo del fallo fue limpiado y reformateado mediante IA a partir del PDF oficial publicado por el Tribunal. Pueden existir errores de transcripción o reformulación. Verifica siempre contra la versión oficial del Tribunal antes de citarlo o usarlo profesionalmente. Fuente original: ojv.tta.cl.

Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

ZONA FRANCA DE IQUIQUE S A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

Fecha: 15-05-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés

HA LUGAR EN PARTEAvalúo +1.000M Ha Lugar en Parte

Resumen (IA)

Tribunal rechaza en lo principal reclamo de ZOFRI contra tasación de bien raíz en Zona Franca de Iquique, confirmando avalúo de terreno y construcción con calidad 3, pero acoge parcialmente rebajando valor de construcción en 20% a partir de 2014 por daño sísmico.

Hechos

ZOFRI S.A., administradora de la Zona Franca de Iquique, reclama contra tasación general 2013-2017 del Rol N° 85-128 dictada por el SII, que fijó valor total de $1.469.384.904 (actualizado al primer semestre 2013), desglosado en terreno por $65.026.208 y construcción por $1.404.358.696. La reclamante cuestiona la clasificación de calidad 3 de la construcción, argumentando que debería ser calidad 4 por tratarse de obra gruesa sin terminaciones, pisos de radier, divisiones económicas, sin estucos ni cielos terminados. ZOFRI alegó que las tasaciones fiscales superaban en 80% los valores comercial

Considerandos clave

El tribunal analiza la Resolución Exenta N° 132/2012 del SII que establece parámetros de tasación. Respecto de la calidad de construcción, aplicó la guía técnica para 'otras construcciones' no habitacionales de propiedades no acogidas a Ley N° 19.537. El tribunal constató que la construcción presenta 2 características técnicas de las 26 posibles: superficies de recintos de más de 100 m² y altura de recintos de 2,5 m en superficie de 10 m² o más, lo que ubica la construcción en el rango 0 a 5 características, correspondiendo calidad media (3). El tribunal descartó alegaciones sobre clase B (hor

Resolutivo

Ha lugar en parte al reclamo. Se confirma valor de terreno en $65.026.208 y construcción en $1.404.358.696 con calidad 3 para 2013. A partir del primer semestre 2014, se ordena al SII rebajar el valor de la construcción en 20%, aplicado sobre valor actualizado al 1 de enero 2014, por efectos de sismos. Se rechaza lo demás sin costas.

Texto del fallo

1

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ

Rol · solo Pro

Rol · solo Pro

ZONA FRANCA DE IQUIQUE S.A.

RUT 70.285.500-4

Iquique, quince de mayo del dos mil catorce.

A fs. 1 comparece don RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARC ÍA, Abogado, en representación de ZONA FRANCA DE IQUIQUE S.A. , R.U.T. 70.285.500-4, empresa encargada de la administración y explotación de la Zona Franca de Iquique, en adelante ZOFRI S.A. , ambos domiciliados en Edificio de Convenciones s/n, de la Zona Franca de esta ciudad, quien reclama contra la tasación fijada por el SII en contra del Rol N° 85-128, de la Comuna de Iquique, para el periodo 2013 -2017, conforme consta de fs. 15, por la suma total de $1.469.384.904.-, actualizado al primer semestre del 2013, que se desglosa del modo siguiente:

TERRENO

LINEA AREA

HOMOGENIA

VALOR

UNIOTARIO

MTR 2

FRENTE FONDO GUIA COEFICIENTE

CORRECTOR OTROS SUPERFICIE

MTRS

.2

AVALUO 01 IMB003 65.816 19,00 52,00 1,00 1,00 1,00 988 65.026.208

CONSTRUCCIONES

LINEA CLASE CALIDAD AÑO CONSTRUCCION N°

PISOS DESTINO COEFICIENTE

COMERCIAL COEFICIENTE CANTIDAD

MTRS. 2

AVALUO

GUIA CORR. EDAD OTROS 1 B 3 2010 4 L 1,00 1,00 0,976 1,00 4.087 1.404.358.696

TOTAL 1.469.384.904 1.- ANTECEDENTES GENERALES DE ZOFRI S.A: 1.- Con fecha 25 de abril de 1977, se dicta la denominada Ley de Zonas Francas o D.F.L. N°341, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que autoriza el establecimiento de Zonas Francas en Iquique y Punta Arenas.

El artículo 11° de ese cuerpo legal se ñala que la Administración y Explotación de las Zonas Francas será entregadas por el Estado de Chile, a través 2 del Ministerio de Hacienda a las personas jurídicas que cumplan con las bases que determine ese Ministerio y el de Economía, Fomento y Reconstruc ción, mediante contrato cuyas condiciones serán libremente pactadas con el interesado de conformidad a leyes nacionales.

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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