Texto procesado con inteligencia artificialEl cuerpo del fallo fue limpiado y reformateado mediante IA a partir del PDF oficial publicado por el Tribunal. Pueden existir errores de transcripción o reformulación. Verifica siempre contra la versión oficial del Tribunal antes de citarlo o usarlo profesionalmente. Fuente original: ojv.tta.cl.

Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

ZONA FRANCA DE IQUIQUE S A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

Fecha: 16-05-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés

HA LUGAR EN PARTEAvalúo +1.000M Ha Lugar en Parte

Resumen (IA)

Tribunal acoge parcialmente reclamo de ZOFRI S.A. contra tasación de bien raíz en Zona Franca de Iquique, confirmando avalúo pero rebajando valor de construcción en 20% desde 2014 por daños sísmicos.

Hechos

ZOFRI S.A., administradora de la Zona Franca de Iquique, reclama la tasación general 2013 del rol N°85-127 (Recinto Amurallado II) fijada por el SII en $1.520.693.891. El bien comprende terreno de 1.040 m² y construcción de 4.192 m² (galpones clasificados como clase B, calidad 3, año 2011). Reclamante alega que la calidad asignada es incorrecta al no cumplirse las 26 características técnicas de la guía; sostiene que los galpones son obra gruesa sin terminaciones, con radieres simples y divisiones económicas, correspondiéndoles calidad 4. Además cuestiona aplicación de coeficiente comercial de

Considerandos clave

El tribunal confirma que la tasación de terreno es correcta bajo los parámetros de la Resolución Exenta N°132/2012 del SII. Respecto a la construcción, establece que esta presenta dos características técnicas (recinto de 100+ m² por piso y altura de 2,5+ m.), lo que la ubica en rango 0-5 características, asignándole calidad 3 (media) conforme tabla técnica. Rechaza alegatos sobre falta de terminaciones al ser características no decisivas para determinación de calidad. Confirma que el CCC (Coeficiente Comercial de Construcción) no aplica a Iquique según Res. 132/2012. Considera daños sísmicos r

Resolutivo

Ha lugar en parte al reclamo. Se confirma valor de terreno en $68.448.640 y construcción en $1.452.245.251 para período 2013. A contar del primer semestre 2014, el SII debe rebajar valor de construcción en 20% aplicado sobre valor actualizado al 1° enero 2014. Sin costas. Respecto otros roles, cada uno seguirá su causa.

Texto del fallo

1

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ

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ZONA FRANCA DE IQUIQUE S.A.

RUT 70.285.500-4

Iquique, dieciséis de mayo del dos mil catorce.

A fs. 1 comparece don RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARC ÍA, Abogado, en representación de ZONA FRANCA DE IQUIQUE S.A. , R.U.T. 70.285.500-4, empresa encargada de la administración y explotación de la Zona Franca de Iquique, en adelante ZOFRI S.A. , ambos domiciliados en Edificio de Convenciones s/n, de la Zona Franca de esta ciudad, quien reclama contra la tasación fijada por el SII en contra del Rol N° 85-127, de la Comuna de Iquique, para el periodo 2013 -2017, conforme consta de fs. 15, por la suma total de $1.520.693.891.-, actualizado al primer semestre del 2013, que se desglosa del modo siguiente:

TERRENO

LINEA AREA

HOMOGENIA

VALOR

UNIOTARIO

MTR 2

FRENTE FONDO GUIA COEFICIENTE

CORRECTOR OTROS SUPERFICIE

MTRS

.2

AVALUO 01 IMB003 65.816 20,00 52,00 1,00 1,00 1,00 1.040 68.448.640

CONSTRUCCIONES

LINEA CLASE CALIDAD AÑO CONSTRUCCION N°

PISOS DESTINO COEFICIENTE

COMERCIAL COEFICIENTE CANTIDAD

MTRS. 2

AVALUO

GUIA CORR. EDAD OTROS 1 B 3 2011 4 L 1,00 1,00 0,984 1,00 4.192 1.452.245.251

TOTAL 1.520.693.891 1.- ANTECEDENTES GENERALES DE ZOFRI S.A: 1.- Con fecha 25 de abril de 1977, se dicta la denominada Ley de Zonas

Francas o D.F.L. N°341, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que autoriza el establecimiento de Zonas Francas en Iquique y Punta Arenas.

El artículo 11° de ese cuerpo legal señala que la Administración y Explotación de las Zonas Francas será entregadas por el Estado de Chile, a través 2 del Ministerio de Hacienda a las personas jurídicas que cumplan con las bases que determine ese Ministerio y el de Economía, Fomento y Recons trucción, mediante contrato cuyas condiciones serán libremente pactadas con el interesado de conformidad a leyes nacionales.

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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