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Tribunal · solo Pro
Compañía Siderúrgica Huachipato S.A. con SII
Fecha: 05-06-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de reavalúo de bien raíz por falta de prueba de aplicación errónea de tablas de clasificación, confirmándose el avalúo del SII.
Compañía Siderúrgica Huachipato S.A. reclama el reavalúo del inmueble rol 7404-1 de Talcahuano, practicado por el SII. Invoca causal de artículo 149 n°2 del Código Tributario, señalando que el sitio tiene prohibición de edificar, es una laguna con riesgo de tsunami, existe humedal, línea de alta tensión y zona de áreas verdes. Solicita coeficiente de corrección de 0,1. El SII contesta solicitando rechazo total, argumentando que las condiciones especiales ya fueron consideradas en la ficha de área homogénea.
El tribunal constata que la reclamante no acreditó la procedencia de las causales invocadas, limitándose a acompañar una fotografía aérea y ficha de área homogénea, documentos insuficientes para probar error en aplicación de tablas de clasificación. Señala que corresponde al contribuyente probar que la tasación del SII es errónea. Observa que la ficha del área homogénea WSS 089 ya considera particularidades negativas del inmueble (zona de riesgo, limitaciones de uso, línea de alta tensión). El tribunal estima que no puede subsanar la inactividad probatoria ni falta de argumentación de la recla
Se rechaza la reclamación interpuesta contra el reavalúo del inmueble rol 7404-1 de Talcahuano y se confirma dicho reavalúo. No se condena en costas a la parte reclamante.
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Concepción, cinco de junio de dos mil catorce.
VISTOS:
Que, a fojas 7 y siguientes, con fecha 28 de mayo de 2013, comparece don Egon Neumann Zúñiga, RUT [RUT reservado], en representación de la Compañía Siderúrgica Huachipato S.A., RUT 94.637.000-2, con domicilio en Avenida Colón 2886, sector Las Salinas, comuna de Talcahuano; quien deduce reclamo tributario en contra del reavalúo practicado por el Servicio de Impuestos Internos, al inmueble rol 7404-1, de la comuna de Talcahuano. Invoca la causal del artículo 149 n°2 del Código Tributario, y solicita asignar un coeficiente de corrección de 0,1. Señala que el sitio tiene prohibición de edificar, y que se trata de una laguna, que además posee varias características negativas, que afectan el valor del metro cuadrado, las cuales no fueron consideradas por el Servicio de Impuestos Internos.
Señala que existe riesgo de tsunami, existe un humedal, se trata de una zona de protección del cerro, existe una línea de alta tensión, y es una zona de áreas verdes. Indica que por ello, es que solicita el coeficiente de corrección que indica.
A fojas 19, se dio traslado al Servicio de Impuestos Internos para contestar el reclamo interpuesto.
A fojas 24 y siguientes comparece doña Teresa Conejeros Peña, en representación del Servicio de Impuestos Internos, quien contesta el reclamo, solicitando sea rechazado en su totalidad, en razón de los siguientes fundamentos:
Parte citando la normativa aplicable, y luego resume el reclamo de su contraparte. Argumenta sobre la improcedencia de las causales invocadas, pues no estaríamos en presencia de un error de transcripción, de copia o de cálculo o de clasificación por cuanto la información del predio que fue considerada en el reavalúo es la misma que figura en el catastro. Explica entonces que el predio no amerita ajustes excepcionales, pues en la ficha del área homogénea las condiciones especiales del terreno ya han sido consideradas. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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