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Tribunal · solo Pro
CRAVERO SILVA con SII
Fecha: 11-07-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra multa por no emitir oportuna factura por anticipo de arriendo, estimando que la factura fue emitida el mismo día del pago y fue constatada en fiscalización.
Oscar Cravero Silva, productor general del evento 'Fiesta Tour Cerveza Hualpén' (7-9 de marzo 2014), arrendó un stand a Juan Medina Salazar por $45.000. El 7 de marzo recibió $30.000 y emitió factura nº 01159 ese mismo día por $35.700. El 8 de marzo fue fiscalizado por funcionarios del SII (comprobante nº 3578595, técnico nº 580) quienes constaron la factura emitida. El 27 de marzo, 20 días después, funcionario Ricardo Caro (nº 1068) le notificó infracción folio nº 1233351 por no emitir oportuna factura por el anticipo.
El tribunal analiza si efectivamente no se emitió factura oportuna conforme al artículo 97 Nº 10 del CT. Constata que la factura nº 01159 fue emitida el 7 de marzo 2014, el mismo día del pago de $30.000. El comprobante de fiscalización del 8 de marzo acredita que funcionarios del SII verificaron la factura ya emitida, sin anotar acciones correctivas. Se observa contradicción: si la infracción existía, debió cursarse por quien fiscalizó el 8 de marzo (nº 580), no 20 días después por otro funcionario (nº 1068) que no estuvo presente. El tribunal considera que la emisión oportuna de la factura de
Se acoge parcialmente el reclamo, rechazando la infracción por no haberse incumplido la obligación de emitir oportuna factura, toda vez que esta fue emitida el mismo día del pago verificado en fiscalización.
Concepción, once de julio de dos mil catorce.
Vistos:
A fojas 4 y siguientes, comparece don Oscar Cravero Silva , rut n°
[RUT reservado], empresario, domiciliado en calle Castellón n.° 881, Concepción, quien interpone reclamación en conformidad al Procedimiento Especial para la Aplicación de Ciertas Multas, en contra de Notificación de Infracción folio N° 1233351 de fecha 27 de marzo de 2014, cursada por funcionarios del Departamento R egional de Fiscalización de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. Al efecto, estructura su presentación conforme los siguientes acápites:
I. Los Hechos.
II. El Derecho.
Bajo el primer acápite capítulo en referencia, relata los hechos que motivaron que se cursara la pieza infraccional, que rola a fojas 3 de autos. Al efecto, manifiesta que fue productor general del evento “Fiesta Tour Cerveza Hualpén” en el sector de Lenga desde el 7 al 9 de marzo del 2014. Agrega que para la implementación de éste, por encargo de la empresa SONO y la I. Municipalidad de Hualpén, arrendó distintas instalaciones de stands para comida y bebidas, artesanía, juegos a varias personas, facturando todos esos arriendos.
Seguidamente, expresa que arrendó un stand a un artesano en la suma de $ 45.000, por la cuales le habría pagado con fecha 7 de marzo del 2014, la suma de $ 30.000, comprometiéndose a pagar el saldo, el día 9 de m arzo del 2014, al término de este evento.
Así entonces, al percibir los $ 30.000, el día 7 de marzo de 2014, procedió a emitir la factura nº 01159, al contribuyente Juan Medina Salazar, Rut n° [RUT reservado], por concepto de arriendo de stand evento “Cerveza Lenga 2014”, por la suma de $ 35.700.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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