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Tribunal · solo Pro
Agricola Paumac Limitada con SII
Fecha: 14-08-2014 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza devolución de $5.100.000 por pagos provisionales de utilidades absorbidas, por falta de acreditación de pérdida tributaria y pago efectivo del impuesto de primera categoría.
Agrícola Paumac Limitada solicitó devolución de $5.100.000 por pagos provisionales de utilidades absorbidas en declaración de renta año tributario 2012. El SII denegó la devolución mediante Resolución Exenta N° 2291 de 25 de abril de 2013, argumentando falta de documentación de respaldo. La contribuyente alegó que los créditos provenían de reinversión de $30.000.000 retirados de otra empresa, justificando con declaración jurada N° 1821 presentada tardíamente el 24 de mayo de 2013, cuando el plazo había vencido el 26 de marzo de 2012.
El Tribunal analizó si concurrían los presupuestos legales para la devolución: existencia de pérdida tributaria acreditada y pago efectivo del impuesto de primera categoría sobre utilidades absorbidas. Concluyó que la contribuyente no acreditó la pérdida declarada de $64.818.567 mediante documentación fidedigna durante la fase de revisión ni ante el Tribunal, limitándose a presentar balances sin contratos, comprobantes o documentación tributaria que respaldara los gastos. Asimismo, no demostró el pago efectivo del impuesto de primera categoría de las utilidades reinvertidas. Aplicó artículo 21
Se rechaza reclamo y se confirma Resolución Exenta N° 2291 que deniega devolución de $5.100.000 por falta de acreditación de pérdida tributaria y pago del impuesto. Se condena en costas a la reclamada por falta de motivos plausibles para litigar.
1
Temuco, catorce de agosto de dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don REINALDO SANTIAGO FRANCISCO
LÓPEZ DIEZ , cédula de identidad N° [RUT reservado], en representación de la contribuyente AGRÍCOLA PAUMAC LIMITADA , RUT N° 76.397.500 -2 con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat N° 847, O ficina 801, Temuco, quien interpone reclamo en contra de la Resolución Exenta N° 2291, emitida el 25 de abril de 2013 por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, la cual declara improcedente la devolución de un saldo a favor ascendente a la suma de $ 5.100.000.- solicitado en su declaración de renta correspondiente al año tributario 201 2, fundado en el hecho que la contribuyente no aportó los antecedentes necesarios para verificar la exactitud de la información consignada en dicha declaración.
Expresa la reclamante que en su declaración anual de impuesto a la renta del año tributario 2012, solicitó la devolución de un remanente de crédito por la cantidad de $6.252.545 .- en la que se incluye pagos provisionales mensuales y pago provisional por utilidades absorbidas, observándose respecto de esa suma la cantidad de $5.100.000.- por concepto de pagos provisionales por utilidades absorbidas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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