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Tribunal · solo Pro
AGRICOLA Y COMERCIAL G M LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 16-12-2014 · Materia: Resolución · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente contra denegación de devolución por pago provisional de utilidades absorbidas, anulando resolución del SII por tratamiento incorrecto de excedentes de cooperativa como rentas exentas.
Sociedad Agrícola y Comercial GM Ltda. presentó declaración anual de impuestos a la renta año 2013 con pérdida tributaria de $998.014.372, solicitando devolución de pago provisional por $6.588.645. El SII denegó la devolución mediante Resolución Exenta N° 106 de 14 enero 2014. La reclamante argumenta que incluyó en sus ingresos brutos intereses de capital ($123.500.085) y excedentes ($579.295.504) percibidos de Cooperativa Colún, que son rentas exentas conforme a normativa legal e interpretaciones administrativas previas del SII.
El Tribunal analiza la naturaleza tributaria de los excedentes distribuidos por cooperativa a sus socios. Concluye que conforme al artículo 17 N° 4 del DL 824 y artículo 52 del DFL 5, estos excedentes deben contabilizarse como ingresos brutos pero son deducibles en la determinación de renta líquida imponible por ser rentas exentas. Rechaza argumento del SII de que solo tributan bajo sistema de renta presunta. Aplica principio de legalidad tributaria: el legislador debe expresar explícitamente la imposición de tributos. Nota que Oficio N° 549 de 2008 citado por reclamante no establece criterio
Acoge el reclamo en todas sus partes y anula Resolución Exenta N° 106 de 14 enero 2014 del SII. Desestima alegación de ingresos no constitutivos de renta y argumentación sobre vicio de nulidad por violación artículo 26 CT. No condena en costas.
Puerto Montt, dieciséis de diciembre de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Yanet Fontanez Carrasco, RUT
[RUT reservado], abogada, domiciliada en Nueva de Lyon N° 145, piso 11, comuna de Providencia, Santiago, en representación de la Sociedad Agrícola y Comercial GM limitada, sociedad del giro explotación agrícola, RUT 96.719.960-5, ambos domiciliados en Manuel Rodríguez N° 850, Osorno; quien interpone reclamo tributario en contra de la Resolución Exenta N° 106 de fecha 14 de enero de 2014 y notificada por cédula con fecha 27 de enero de 2014, solicitando se acoja el reclamo y anular la resolución reclamada. Funda su reclamación, señalando que con fecha 22 de abril de 2013 presenta su declaración anual de impuestos a la Renta contenida en el formulario 22 folio N°222038923, correspondiente al año tributario 2013, en el cual se registró un resultado negativo por la suma de ($998.014.372 ), indica que le asiste el derecho a la devolución de pago provisional por utilidades absorbidas, y que la devolución solicitada por este concepto fue por la suma de $6.588.645.
Indica que con fecha 18 de julio de 2013 r ecibió carta certificada con Notificación N° 130201335, en la cual se le requiere documentación para acreditar créditos y/o deducciones utilizados, dentro de los cuales se encuentra por una parte, el referente al pago provisional por Impuesto de Primera Categoría pagado, así como también, otros créditos y/o deducciones invocados en su declaración de Impuesto a la Renta.
Señala que recibe resolución e xenta N° 106 de fecha 14 de Enero de 2014, en la cual se le deniega devolución solicitada en la declaración anual de impuesto a la renta, f olio 222038923, correspondiente al año tributario 2013, de un saldo a favor ascendente a $6.588.645.-
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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