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Tribunal · solo Pro
SII con CONSTRUCTORA KROHNNILSEN LIMITADA
Fecha: 29-04-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Se confirmó la infracción por uso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA, imponiéndose multa del 230% de impuestos evadidos.
Constructora Krohnnilsen Limitada, representada por Leif Erik Nilsen Muñoz, registró en diciembre de 2011 cinco facturas falsas de proveedores (Ada Álvarez Henríquez y Carlos Gabriel Baeza Ulloa) por montos totales que llegaban a $4.098.080 en IVA. Los proveedores declararon bajo juramento no haber realizado operaciones con la empresa. Las facturas fueron utilizadas para aumentar indebidamente el crédito fiscal del período. El denunciado argumentó que desconocía la falsedad y que las operaciones fueron reales, pagadas en efectivo de manera parcelada.
El tribunal estableció que las facturas eran material e ideológicamente falsas, sin que correspondieran a operaciones efectivamente realizadas. Aunque el contribuyente reconoció la falsedad de las facturas, no acreditó la realidad de las operaciones que supuestamente sustentaban. Las declaraciones juradas de los proveedores, realizadas ante el SII como ministros de fe, confirmaron la inexistencia de transacciones. El tribunal presumió fundadamente dolo o malicia del denunciado al utilizar documentos falsos con intención de disminuir su carga tributaria, considerando la naturaleza y montos invo
Se confirmó la denuncia por infracción del artículo 97 N°4 inciso 2 del Código Tributario. Se aplicó sanción pecuniaria de multa por $10.433.577, equivalente al 230% de los impuestos evadidos ($4.536.338 actualizado a abril de 2015). No se condenó en costas.
Concepcion, veintinueve de abril de dos mil quince.
V I S T O S:
A fojas 2, rola acta de denuncia n° 6 de fecha 29 de septiembre de 2014, por infracción sancionada en el artículo 97 N°4 inciso 2º del D.L.830 de 1974 sobre Código Tributario, a don SERGIO LEIF ERIK NILSEN MUÑOZ , RUT n º [RUT reservado], en su calidad de representante legal de CONSTRUCTORA KROHNNILSEN LIMITADA , RUT nº 76.175.933-7, giro construcción de obras civiles, viviendas y reparación de edificios, ambos con domicilio en calle Salas n° 1541 Torre I, departamento 54, de la comuna de Concepción.
En el acta de denuncia, se deja constancia que se le requirió la documentación tributaria del período retirándosele los triplicados de las facturas de proveedores y, una vez analizada la documentación y habiéndose realizado las verificaciones correspondientes se logró establecer que Nilsen Muñoz, en su carácter de representante legal de la contribuyente registró en su contabilidad en el período tributario de diciembre de 2011 un total de 05 facturas falsas, con el objeto de rebajar su carga impositiva, las que equivalen al 100% del crédito fiscal de período según el siguiente detalle:
- Declaraciones de IVA maliciosamente falsas:
Proveedor 1: Ada Álvarez Henríquez.
Rut: [RUT reservado].
Giro: Comercialización de maderas y materiales de construcción.
Domicilio: Galvarino 17, San Pedro de la Paz. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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