Texto procesado con inteligencia artificialEl cuerpo del fallo fue limpiado y reformateado mediante IA a partir del PDF oficial publicado por el Tribunal. Pueden existir errores de transcripción o reformulación. Verifica siempre contra la versión oficial del Tribunal antes de citarlo o usarlo profesionalmente. Fuente original: ojv.tta.cl.

Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

SII con ENRIQUE SERGIO GÓMEZ VEAS TRANSP. CARGA POR CARRET

Fecha: 01-09-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: francisco_javier_orellana_rivera

RECHAZA+100M Ha Lugar

Resumen (IA)

Tribunal condena a contribuyente por incorporar 114 facturas inexistentes en contabilidad para aumentar créditos fiscales de IVA, imponiendo multa del 200% de lo defraudado.

Hechos

ENRIQUE SERGIO GÓMEZ VEAS E.I.R.L., empresa de transporte de carga, fue denunciada por el SII por registrar 114 facturas de un supuesto proveedor que dan cuenta de operaciones inexistentes entre junio 2012 y enero 2014. Las facturas fueron incorporadas en contabilidad y declaradas en formularios 29, aumentando los créditos fiscales de IVA para pagar un impuesto menor al legalmente obligado. El contribuyente reconoció la inexistencia de las facturas en declaración jurada ante el fiscalizador y solicitó rectificación voluntaria de sus declaraciones de IVA.

Considerandos clave

El Tribunal estableció que corresponde al SII la carga probatoria de acreditar los hechos constitutivos de la infracción, aplicándose una presunción de inocencia atenuada. En materia sancionatoria administrativa, el estándar de convicción es menor que en materia penal, considerando los bienes jurídicos cautelados. Del análisis de la fiscalización consta que el contribuyente ejecutó maliciosamente las conductas tipificadas: incorporó facturas inexistentes en libros de contabilidad y declaraciones, aumentando créditos fiscales para disminuir el IVA a pagar, con perjuicio fiscal de $163.473.803.

Resolutivo

Se confirma el Acta de Denuncia Nº 3 por infracciones del artículo 97 Nº 4°, inciso 2° del CT. Se aplica multa equivalente al 200% del valor defraudado, ascendente a $326.947.606, a ser girada por el SII cuando la sentencia esté ejecutoriada.

Texto del fallo

1

ENRIQUE SERGIO GÓMEZ VEAS E.I.R.L.

RUT N° 76.105.782-0

Valparaíso, uno de septiembre de dos mil quince.

VISTO:

Que a fojas 1 y siguientes doña Érica Morales Lártiga, Directora

Regional del Servicio de Impuestos Internos, en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , ambas domiciliadas en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, V Región, quien remitió Acta de Denuncia Nº 3 de 09 de julio de 2015 y antecedentes que indica , mediante la que s e imputa al contribuyente ENRIQUE SERGIO GÓMEZ VEAS E.I.R.L. , RUT N° 76.105.782-0, representada por d on Enrique Sergio Gómez Veas , RUT N° [RUT reservado], con Giro de Transporte de Carga por Carretera y Otros Tipos de Transporte Regular de Pasajeros por vía Ter restre N.C.P. , ambos con domicilio en calle Serrano, N° 591, oficina N°5, ciudad de Valparaíso, V Región, haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 4°, inciso 2°, del Código Tributario , en virtud de las siguientes consideraciones:

1. Señala que en la FISCALIZACIÓN y pesquisa de antecedentes efectuada por el Servicio de Impuestos Internos , se detectó que el contribuyente denunciado, en los períodos mensuales de junio, agosto, octubre, noviembre y diciembre de 2012, febrero, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, y enero de 2014, incorporó en su contabilidad ciento catorce (114) facturas de un supuesto proveedor que dan cuenta de operaciones inexistentes, con el objeto de aumentar el verdadero monto de sus créditos fiscales declarado en los respectivos formularios 29 y pagar así un Impuesto a las Ventas y Servicios menor al que estaba legalmente obligado, incurriendo de este modo en la infracción contemplada en el inciso 2° del artículo 97 N° 4° del Código Tributario.

2. Las CONDUCTAS que se le atribuyen al denunciado son aquellas descritas y sancionadas en el artículo 97 N° 4°, inciso 2°, del Código Tributario.

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

Artículos citados:

Fallos similares · misma materia y tribunal

Más fallos del mismo tribunal

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA