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Tribunal · solo Pro
SII con TORRES ACEVEDO
Fecha: 29-09-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Contribuyente condenado por aumentar indebidamente crédito fiscal mediante 21 facturas falsas de 11 proveedores, causando perjuicio fiscal de $23.047.326, infringiendo artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario.
Plinio Alejandro Torres Acevedo, técnico mecánico, registró en su contabilidad e incorporó en sus declaraciones mensuales de IVA (formularios 29) entre agosto de 2011 y julio 2014, un total de 21 facturas falsas provenientes de 11 proveedores distintos. Las facturas presentaban irregularidades materiales: fuera de rango de timbraje, inconsistencias en imprenta, y no acreditó la efectividad de operaciones ni pagos. El contribuyente alegó pagos en efectivo. El SII detectó que los supuestos proveedores no se ubicaban en domicilios registrados, varios eran no declarantes de IVA, y las facturas se
El tribunal aplicó principios del derecho penal tributario, exigiendo que el SII acreditara la culpabilidad maliciosa del contribuyente, quebrando la presunción de inocencia. Se analizó que la norma del artículo 97 N°4 inciso 2° requiere dolo consciente y voluntario. Del análisis de pruebas aportadas (acta de denuncia, informe de fiscalización N°113-4, declaración jurada, formularios 29), el tribunal concluyó que Torres Acevedo presentó declaraciones de IVA sin respaldo documentario, incrementando crédito fiscal de forma indebida. Se acreditó además uso de facturas falsas para disminuir carga
Se acoció el acta de denuncia N°09, acreditándose la infracción del artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Se aplicó multa de $23.407.326 equivalente al 100% del perjuicio fiscal. Se ordenó al Director Regional del SII emitir giro de multa una vez ejecutoriada la sentencia.
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“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO CENTRO con PLINIO ALEJANDRO TORRES
ACEVEDO”
RIT N°: Rol · solo Pro
RUC N°:Rol · solo Pro
LAPM/jvs
Santiago, veintinueve de septiembre dos mil quince.
VISTOS
Que, a fojas 4 y siguientes consta acta de denuncia N°9 de fecha 06 de agosto de 2015, emitida por la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio Impuestos Internos ( en adelante “ Servicio “ ), en contra del contribuyente PLINIO ALEJANDRO TORRES ACE VEDO, RUT [RUT reservado], con domicilio para estos efectos en calle Moneda N°2493, Comuna y Ciudad de Santiago, con el giro en Taller de reparaciones b ombas de agua tornería mecánica , por haber incurrido en infracciones al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, consistente en aumentar indebidamente el crédito fiscal que tenía derecho a hacer valer, mediante la inclusión en su Contabilidad e Incorporación en sus Declaraciones Mensuales de Impuestos de 21 Facturas Falsas de 11 proveedores diferentes.
II. CONDUCTA CONSTITUTIVA DE LA INFRACCIÓN:
Se detalla que en Minuta N°38 , en Ord. N°9 de fecha 03 de enero de 2014, proveniente de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente, informando que el contribuyente don PLINIO ALEJANDRO TORRE S ACEVEDO, RUT
[RUT reservado], recibe facturas de un contribuyente no declarante de I.V.A, por lo que se solicita verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 N°5 de la Ley sobre Impuesto al Valor Agregado, DL 825 de 1974.
Se indica que con fecha 03 de septiembre de 2014 , en conformidad al artículo Único de la Ley 18.320 de 1984 , se solicita a don PLINIO ALEJANDRO TORRES
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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