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Tribunal · solo Pro
PROYECTOS MONTAJES ELÉCTRICOS Y CONSTRUCCIÓN LTDA con SII
Fecha: 07-12-2015 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamación por devolución de IVA por supuesta doble facturación. El tribunal concluyó que no se acreditó la duplicidad de servicios ni se cumplieron los requisitos legales para anular facturas.
Proyectos, Montajes Eléctricos y Construcción Ltda. prestó servicios como subcontratista a Ros Roca Indox Cryo Energy S.L. en un proyecto de ENAP. Cuando Ros Roca incumplió el pago, ENAP asumió la deuda. La empresa reclamante emitió facturas a ambas empresas por los mismos servicios (julio a noviembre 2013), generando IVA duplicado. Solicitó rectificación de declaraciones y devolución de $84.324.186. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución 8884 de 7 de octubre de 2014.
El tribunal analizó la presunta doble facturación concluyendo que no fue acreditada en autos. Observó inconsistencias: las once facturas a Ros Roca no especificaban lugar de ejecución; el Acuerdo de cancelación indicaba servicios en Planta Hualpén (no Pemuco como el contrato original); montos totales divergían entre documentos ($528.135.441 vs $543.114.901); no se comprobó si el crédito fiscal fue utilizado por uno o ambos contribuyentes. Aplicó artículos 22 y 57 del D.L. 825, señalando que la ley exige emisión de nota de crédito dentro del período tributario para subsanar errores de facturaci
Se rechaza la reclamación y se confirma la Resolución 8884 del SII. No se condena en costas a la reclamante por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar.
Concepción, siete de diciembre de dos mil quince.
VISTOS:
A fs. 28 y siguientes, comparece don Jorge Montecinos Araya, abogado, Rut n.° [RUT reservado], domiciliado en calle Chacabuco n .° 1085, dpto. 1102, comuna de Concepción en representación procesal de PROYECTOS, MONTAJES ELÉCTRICOS Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, Rut n.° 77.016.210 -6, representada legalmente por don Alejandro Antonio Pino Muñoz, empresario, Rut n.° [RUT reservado], todos con domicilio en calle Carriel Norte n.° 857, Huertos Familiares, Talcahuano. Manifiesta que reclama en contra de la Resolución Ex N° 8884 , de fecha 07 de octubre de 2014, que rechazó la corrección de las declaraciones de impuesto al Valor Agregado de los periodos tributarios mensuales de Julio a Noviembre de 2013, rechazando en definitiva la solicitud de devolución de impuestos equivalentes a $84.324.186, por haber sido enterados indebida y doblemente en dichos periodos tributarios, así como la corrección de dichas declaraciones en la medida que solo generaban aumento de remanente de crédito fiscal en los periodos de agosto, septiembre y octubre del año 2013.
Expone su defensa conforme los siguientes acápites:
I. Antecedentes generales, en especial de los hechos que motivaron la presentación de la solicitud de rectificación rechazada por la resolución reclamada.
II. De las razones para dejar sin efecto la Resolución reclamada.
III. Las sumas que SS. ordene devolver, restituir o reembolsar deberán serlo debidamente reajustadas.
IV. Del carácter reclamable de la Resolución de autos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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