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Tribunal · solo Pro
TOLOSA CONTRERAS con SII
Fecha: 18-02-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones de IVA por diferencias en anticipos por cambio de sujeto en carne; contribuyente no acreditó diferencias entre declaraciones rectificatorias y registros contables.
Ismael Tolosa Contreras, comerciante, fue fiscalizado por el SII respecto a anticipos del 5% de IVA por cambio de sujeto en ventas de carne para los períodos junio a agosto de 2012. Se detectaron diferencias entre lo declarado en formularios 29 (992.544, 1.450.174 y 1.482.437 pesos) y lo registrado en libros de compraventas (7.538, 81.395 y 26.870 pesos). El contribuyente rectificó sus declaraciones mediante formularios 29 folios 5363044296, 5363039166 y 5363037366, cuatro días después de presentar las originales. El SII emitió liquidaciones números 24.882, 24.883 y 24.884 por 9 de mayo de 201
El tribunal reconoce que se requirió al contribuyente acompañar antecedentes y responder a citación N° 4.750 del 13 de enero de 2014. El reclamante no aportó facturas de proveedores acreditando el anticipo del 5% por cambio de sujeto, ni explicó las discrepancias entre sus declaraciones rectificatorias y registros contables. Las rectificaciones fueron efectuadas mediante Internet con clave secreta, según regulación de Circular N° 58 de 2004. El SII aplicó Resolución Exenta N° 3711 de 28 julio 2000 que ordena retención del 5% en ventas de carne. El contribuyente no aclaró diferencias detectadas
Se rechaza el reclamo de Ismael Tolosa Contreras contra liquidaciones números 24.882, 24.883 y 24.884, confirmándose la determinación de diferencias de IVA efectuada por el Servicio de Impuestos Internos.
Temuco, dieciocho de febrero de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don ISMAEL OCTAVIO TOLOSA CONTRERAS , cédula de identidad N° [RUT reservado], comerciante, con domicilio en calle Pedro León Gallo N° 761, localidad de Licanray, comuna de Villarrica, quién viene en deducir reclamo en contra de la totalidad de las liquidaciones números 24.882, 24.883 y 24.884, emitidas por la Unidad de Villarrica del Servicio de Impuestos Internos el 9 de mayo de 2014, en las cuales se determinan diferencias de Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los períodos junio, julio y agosto de 2012, provenientes de la deducción del monto de IVA anticipado por cambio de sujeto del producto carne declarado por el contribuyente en dichos períodos, conforme a los fundamentos y argumentos que seguidamente se señalan: 1.- Expone el reclamante que mediante notificación N° 41756, de 26 de junio de 2013, el Servicio de Impuestos Internos le requirió antecedentes relativos a los anticipos por cambio de sujeto del IVA por los períodos junio de 2012 a mayo de 2013. Agrega que el 25 de julio del mismo año dio respuesta a lo solicitado, aportando libro de compraventas, facturas de ventas, declaraciones mensuales y facturas de proveedores que amparan el anticipo del 5% en el libro de compras para cada mes. Indica que de la revisión de tales antecedentes, se determinaron diferencias de impuesto entre lo declarado como anticipo por cambio de sujeto en sus declaraciones mensuales y lo registrado en los libros de compraventas y la documentación sustentatoria de dichos registros.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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