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Tribunal · solo Pro
SII con GONZALEZ GALARCE
Fecha: 27-07-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por facilitar boletas de honorarios falsas y obtener devoluciones indebidas de impuestos en años tributarios 2011-2013, conforme artículo 97 N°4 del CT.
Fabiola González Galarce emitió 9 boletas de honorarios electrónicas a SQM y empresas relacionadas por servicios no prestados en AT 2011-2013. Facilitó su clave SII a Juan Tobar Serey, quien le solicitaba emitir boletas para obtener devoluciones, compartiendo luego el beneficio. Incluyó estas boletas falsas en sus declaraciones de renta solicitando devoluciones indebidas. Aportó resolución universitaria donde Tobar fue destituido por conducta similar. Restituyó parcialmente $2.658.416 de los perjuicios.
El tribunal estimó acreditado que González Galarce emitió maliciosamente boletas por servicios inexistentes, conforme declaración jurada donde reconoce haber facilitado su clave a Tobar Serey. La conducta tipifica delito tributario por obtención fraudulenta de devoluciones mediante maniobra dolosa. Se consideró reiteración en 3 años tributarios consecutivos, grado de cultura de la infractora (profesional informático), perjuicio fiscal de $4.044.701, pero también su colaboración y restitución parcial como atenuantes. El tribunal rechazó aplicar agravante adicional por uso de boletas para evitar
Se acogió acta de denuncia por infracciones del artículo 97 N°4 incisos 3° y final del CT. Se impuso multa del 100% de lo defraudado ($4.044.701) más multa mínima de 1 UTA por colaboración. Se rechazó condena en costas.
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“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIO NAL METROPOLITANA
SANTIAGO CENTRO CON FABIOLA GHISLAINE GONZÁLEZ GALARCE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
SANTIAGO, A VEINTISIETE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS.
VISTOS:
Que, a fs. 4 y siguientes consta el Acta de Denuncia N°07 de fecha 27 de abril de 2016, realizada por la XIII Dirección Regional Santiago Centro del Servicio Impuestos Internos (en adelante, “Denunciante” o El Servicio”) , en contra de doña FABIOLA GHISLAINE GONZÁLEZ G ALARCE RUT N°[RUT reservado] con domicilio en calle Portugal N°451, Comuna y Ciudad de Santiago, por haber incurrido en la infracción al artículo 97 N°4 inciso 3 y final del Código Tributario, por los siguientes antecedentes que procede a exponer.
II. CONDUCTA CONSTITUTIVA DE LA INFRACCIÓN.-
A) HECHOS.-
Comienza señalando el Servicio de Impuestos Internos, que mediante Informe de Recopilación de Antecedentes N°05-4 de fecha 06.01.2016 suscrito por el Departamento de Fiscalización de Personas y Micro -Pequeña Empresas del Servicio Impuestos Internos, da cuenta de las irregularidades detectadas a doña FABIOLA GHISLAINE GONZÁLEZ
GALARCE RUT N° [RUT reservado], con domicilio en calle Portugal N°451, dpto. 408, Comuna y Ciudad de Santiago.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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