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Tribunal · solo Pro
SISTEMAS INTEGRADOS DE COMUNICACION LTDA con SII
Fecha: 01-08-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente contra denegación de devolución de impuestos por saldo a favor de $10.484.452, por falta de acreditación de antecedentes durante procedimiento administrativo.
Sistemas Integrados de Comunicación Limitada presentó declaración anual de impuestos (Formulario 22) para año tributario 2012 solicitando devolución de $30.812.346. El SII autorizó devolución parcial de $20.592.157 y denegó el saldo pendiente de $10.484.452 mediante Resolución EX 215100000109 de 19 de noviembre de 2012, argumentando que el crédito por adquisición de activo fijo declarado era excesivo. La reclamante reconoce error involuntario en cálculo del crédito pero no aportó documentación durante fiscalización administrativa.
El tribunal distingue las funciones del SII (resolver administrativamente solicitudes de devolución) de los Tribunales Tributarios (control jurisdiccional de legalidad). Establece que no corresponde al tribunal examinar antecedentes que el contribuyente omitió aportar durante procedimiento administrativo sin justificación, pues ello implicaría sustituir función de fiscalización encomendada al SII. Constata además deficiencias probatorias: facturas de fletes sin identificación de bienes, ingresos anuales de $4.739.831.739 que superan límite de 100.000 UF para acceder a beneficio de Ley 20.289,
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Resolución EX SII N°215000000109 de 19 de noviembre de 2012. Se condena en costas a la reclamante por haber sido totalmente vencida.
“SISTEMAS INTEGRADOS DE COMUNICACIÓN LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT GR - 18 - 00042-2013
Santiago, cuatro de diciembre de dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Carolina Paz González Johnson, abogado, Cédula N acional de Identidad N°[RUT reservado], domiciliada en Huelén N° 102, oficina 101, c omuna de Providencia, Santiago, en representación de la sociedad S ISTEMAS INTEGRADOS DE COMUNICACIÓN
LIMITADA, comercializadora de equipos computacionales, Rol Único Tributario N° 78.266.060-8, domiciliada en El Gobernador N° 020, oficina 301 , comuna de Providencia , Santiago , quien deduce reclamo en contra de la Resolución Ex N °215100000109, dictada el 19 de noviembre de 2012, por el Director Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, que denegó la devolución del saldo a favor retenido ascendente a $10.484.452.
En la primera parte de su libelo de reclamo, relata los antecedentes de hecho de la resolución reclamada, exponiendo que el día 09/05/2012 se presentó declaración anual de impuesto a la renta, Formulario 22, Folio N°233400082, en la que el contribuyente Sistemas Inte grados de Comunicación Limitada solicitó una devolución de un saldo a favor ascendente a $30.812.346.
Explica que el monto cuya devolución se solicitó , se obtiene del resultado del ejercicio comercial 2011 por $123.614.859, más el impuesto de renta AT 2012 por $30.903.715 que se encontraba provisionado, al que se le dedujo el crédito por activo fijo del artículo 33 bis del DL 824, cuyo monto s e declaró ascendía a $ 10.484.452, y los pagos provisionales al impuesto a la renta (PPM) del ejercicio comercial 2011 , que totalizaban $51.231 .609, lo que implica que al contribuyente le asistía el derecho a requerir devolución, ya que se anuló el impuesto determinado al descontar el crédito por activo fijo y PPM, obteniéndose el derecho a pedir devolución por $30.812.346.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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