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Tribunal · solo Pro
ARCOS DORADOS RESTAURANTES DE CHILE LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 26-10-2016 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Arcos Dorados contra resolución del SII que modificó pérdida tributaria 2012, por error en pérdida ejercicio anterior, pero rechaza alegaciones sobre límite royalty 4%.
Arcos Dorados declaró pérdida tributaria de $81.398.154.007 para año 2012. SII notificó para presentar respaldo de información en 2012 y nuevamente en 2013. Mediante Resolución Ex. N°68 de mayo 2013, SII modificó la pérdida a $79.218.696.026, agregando tres partidas: gastos no acreditados ($23.725.721), royalties en exceso sobre límite 4% ($868.993.321) y exceso de pérdida ejercicios anteriores ($1.286.738.939). Contribuyente reclama alegando que resolución se basó en pérdida del 2011 modificada posteriormente.
Tribunal determina que resolución incurrió en error de hecho al basarse en Resolución Ex. N°116 de mayo 2012 sin considerar sus modificaciones posteriores (Res. N°17.681 y N°20.675 de 2012), que fijaron pérdida 2011 en $78.490.528.681. Respecto royalties, aunque acredita que McDonald's Latin America LLC era residente EEUU y sometida a impuesto potencialmente sobre 30%, el contribuyente no probó que rentas remesadas efectivamente gravadas con tasa ≥30% en manos del beneficiario directo. Tribunal rechaza inversión de carga probatoria respecto deber verificación del SII en art. 31 N°12 LIR.
Se acoge parcialmente reclamo. SII debe modificar Resolución Ex. N°68 considerando pérdida 2011 de $78.490.528.681 según Resolución Ex. N°20.675. Se rechaza en todo lo demás, incluyendo agregado por royalties. Cada parte pagará sus propias costas.
“ARCOS DORADOS RESTAURANTES DE CHILE LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Contribuyentes”
RIT N° : Rol · solo Pro
RUC N° : Rol · solo Pro
Santiago, veintiséis de octubre de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
En escrito de fojas 1, rectificado a fojas 119, comparece don Juan Pablo Cabello Palma, abogado, cédula nacional de identidad N°[RUT reservado], en representación de ARCOS DORADOS
RESTAURANTES DE CHILE LIMITADA, RUT N°96.620.260 -2, ambos domiciliados en Avenida Alonso de Córdova N°5900, oficina N°301, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo tributario en contra de la DGC 17.100 Res. Ex. N°68, emitida con fecha 8 de mayo del 2013, por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, solicitando que se deje sin efecto la resolución reclamada, determinado la nueva pérdida que se conforme al mérito de autos, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo I de su libelo de reclamo, relativo a antecedentes, explica que , con fecha 27 de julio de 2012, se hizo entrega al contribuyente de la Notificación N°20.959, a través del cual se le solicitó que presenta ra los antecedentes suficientes para respaldar la información contenida en su declaración de renta , correspondiente al año tributario 2012 , específicamente libros mayores de algunas cuentas contables de gasto (pérdida) y respaldo de deducciones efectuadas a la renta líquida imponible del ejercicio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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