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Tribunal · solo Pro
Fernández Ubiergo con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-02-2017 · Materia: Liquidación · Juez: claudio_alberto_araya_salgado
ACOGE Ha Lugar
Tribunal declara prescrita acción fiscalizadora del SII por liquidación de IGC 2013 notificada fuera de plazo legal, ya que fue emitida a contribuyente fallecido sin emplazar a herederos.
José Antonio Ventura Fernández Ubiergo falleció el 4 de noviembre de 2015. El SII emitió Citación N°132300759 el 9 de diciembre de 2015 y Liquidación N°302201000158 el 18 de marzo de 2016, ambas por IGC 2013 por $67.946.390, notificadas al domicilio del fallecido sin contacto válido con herederos. Los herederos presentaron reclamo el 8 de agosto de 2016, habiendo obtenido posesión efectiva en febrero de 2016.
El tribunal estima que la Citación no produjo efecto al no notificarse válidamente a quien ya había fallecido. La notificación de la Liquidación solo se entiende efectuada el 8 de agosto de 2016 cuando los herederos presentan reclamo, siendo este el único hecho cierto que acredita conocimiento. Para IGC 2013 con declaración presentada en abril 2013, el plazo de prescripción es 3 años (vencía 30 abril 2016 conforme art. 200 CT inciso 1°). Al notificarse la Liquidación fuera de plazo y no haberse ampliado el término por falta de notificación válida de la Citación, la acción fue ejercida extempor
Se acoge reclamo de herederos. Se declara prescrita la acción fiscalizadora del SII y se deja sin efecto Liquidación N°302201000158 de 18 marzo 2016. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTES : Alonso Nicolás Fernández Allende , Elba Verónica Allende Martínez , Lorena Monserrat Fernández Allende, y José Antonio Sebastián Fernández
Allende.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento General de Reclamación – Código Tributario.
Antofagasta, a veintiocho días del mes de febrero de dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fojas 26 y siguientes, comparece don Alexander Maximiliano Letonja Cepeda, abogado, en representación de don Alonso Nicolás Fernández Allende, cédula de identidad N° [RUT reservado], de doña Elba Verónica Allende Martínez, cédula de identidad N° [RUT reservado], de doña Lorena Monserrat Fernández Allende, cédula de identidad N° [RUT reservado] y de don José Antonio Sebastián Fernández Allende, cédula de identidad N° [RUT reservado], todos domiciliados para estos efectos en Llullaillaco N°02394, Antofagasta; quien interpone reclamación en Procedimiento General de Reclamaciones, en contra de la Liquidación N°302201000158 emitida con fecha 18 de marzo de 2016, por la II Dirección Regional de Antofagasta del Servicio de Impuestos Internos, a don José Antonio Ventura Fernández Ubiergo, cédula de identidad N°[RUT reservado], la cual determina diferencias de impuestos para el ejercicio tributario 2013 por concepto de Impuesto Global Complementario por un total de $67.946.390, solicitando que la liquidación reclamada sea dejada sin efecto, en base a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación , en forma resumida se exponen:
Antecedentes de hecho previos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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