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Tribunal · solo Pro
CONSTRUCTORA SAN ANTONIO LIMITADA con SII
Fecha: 12-01-2018 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE+1.000M Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones tributarias que rechazaban gastos y aplicaban tasación comercial a bienes raíces, dejando sin efecto el agregado de $3.316.187.052 por falta de fundamentación adecuada.
Constructora San Antonio Limitada fue auditada por el SII respecto de su declaración de renta 2015. Se determinaron diferencias impositivas por enajenación de cuatro bienes raíces en Valdivia a precio inferior al avalúo fiscal, aplicándose tasación comercial conforme al artículo 64 del Código Tributario. Se rechazaron gastos por finiquito laboral, asesorías, depósitos convenidos y honorarios. El SII emitió Liquidaciones 216 y 217 con agregados totales de $1.186.306.038 más reajustes, intereses y multas.
El tribunal consideró que la tasación comercial del SII no aparece respaldada por elementos probatorios suficientes ni contiene fundamentación que permita determinar razonablemente el valor comercial de los inmuebles, siendo impropia su aplicación sin notificación legal adecuada. Respecto de los gastos rechazados, se confirmó su rechazo por no resultar establecida su necesidad tributaria. El tribunal constató que la pérdida declarada por $289.982.964 fue reconocida por el SII al imputar PPUA a la base imponible, por lo que la devolución solicitada resultaba improcedente conforme al resultado t
Se acoge parcialmente el reclamo. Se deja sin efecto el agregado por tasación comercial de $3.316.187.052. Se confirma lo demás de la Liquidación 216, las Liquidación 217 y la Resolución Exenta 425. No se condena en costas.
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Temuco, doce de enero de dos mil dieciocho. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece don RENÉ EDUARDO FOURCADE MAGOFKE, constructor civil, cédula de identidad N°[RUT reservado], en representación de la contribuyente CONSTRUCTORA SAN ANTONIO LIMITADA, del giro de su denominación, RUT 87.688.600-6, ambos con domicilio en calle Manuel Montt N° 850, oficina 204, Temuco, quien interpone reclamo en contra de las Liquidaciones números 216 y 217, emitidas por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos (en adelante el Servicio o SII) con fecha 28 de abril de 2016, acto administrativo en el cual se determinan diferencias impositivas provenientes del mayor valor obtenido por la reclamante en la enajenación de cuatro bienes raíces ubicados en la ciudad de Valdivia, considerando el precio de venta de dichos bienes y el valor de tasación comercial determinado por el ente fiscalizador; y de gastos rechazados por no ser necesarios para producir la renta, las que fueron afectadas con el impuesto único del artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta y reintegro del artículo 97 del mismo texto legal, por un monto neto de $ 1.186.306.038.-, más reajustes, intereses moratorios y multas, fundado en los siguientes argumentos y fundamentos que a continuación se resumen:
I.- Antecedentes de las liquidaciones reclamadas:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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