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Tribunal · solo Pro
CEA NAVARRETE con SII
Fecha: 09-07-2018 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de devolución de impuesto a la renta año 2014 por inconsistencias en créditos de primera categoría no subsanadas oportunamente por contribuyente.
Cesar Orlando Cea Navarrete solicita devolución de $2.232.160 en su declaración de renta 2014, negada por Resolución Exenta 140514060 de 26 enero 2017 del SII, debido a observaciones F72 y G11 que señalan inconsistencias entre créditos por retiros de primera categoría declarados (código 600) y la información de agentes retenedores. El SII notificó estas inconsistencias el 19 agosto 2014, pero el contribuyente no aportó antecedentes suficientes en la etapa administrativa. Posteriormente, el 21 abril 2017, Digital Ingeniería Limitada (empresa de la cual es socio) pagó $2.852.421 en impuestos ade
El tribunal constata que el sistema tributario se basa en autodeclaración y que conforme al artículo 21 del Código Tributario, el contribuyente debe probar la veracidad de sus declaraciones y desvirtuar impugnaciones del SII con pruebas suficientes. El reclamante no cumplió oportunamente con requerimientos administrativos ni aportó documentación que acreditara la subsanación de observaciones. La documentación presentada en juicio es insuficiente: los retiros certificados ($3.032.750) no coinciden con lo declarado ($4.428.475), y el pago del impuesto por la empresa ocurrió tres meses después de
Se rechaza reclamo y se confirma Resolución Exenta 140514060 de 26 enero 2017 que deniega devolución de $2.232.160. Se ordena no condenar en costas al reclamante por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar.
Temuco, nueve de julio de dos mil dieciocho. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece don CESAR ORLANDO CEA NAVARRETE , cédula de identidad N° [RUT reservado], empresario, domiciliado en calle Betania N° 352, San Andrés, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, quién viene en deducir reclamo en contra de la Resolución Exenta N° 140514060, de 26 de enero de 2017, la cual no dio lugar a la devolución solicitada en su declaración de renta del año tributario 2014 por un monto de $ 2.232.160.-, fundado en lo s a rgumentos que seguidamente se exponen: 1.- Manifiesta que la resolución reclamada señala que se deniega su devolución de impuesto a la renta del año tributario 2014, atendido que en ésta se encuentra observado el monto de crédito por impuesto de primera categoría por retiros declarados en el código 600 del formulario 22, ya que la información entregada por sus agentes retenedores presenta inconsistencias. Indica que dicha observación ya se encuentra regularizada, atendido que el agente retenedor pagó el impuesto a la renta correspondiente al año tributario 2014, acreditándose dicha circunstancia con la documentación que acompaña a su escrito de reclamo. 2.- Solicita que se tenga por reclamada la Resolución Exenta N° 140514060 de 26 de enero de 2017, y en definitiva se declare que se acepta la declaración y se liberan los montos de devolución de impuestos correspondientes a la suma de $2.232.160.-
DILIGENCIAS DEL PROCESO:
A fojas 16, se provee la reclamación, confiriendo traslado al Servicio de Impuestos Internos por el término legal.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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