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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD AGRICOLA LA COLMENA LIMITADA con SII
Fecha: 07-08-2018 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de empresa agrícola por liquidación de impuesto a la renta 2015. Desestima argumentos sobre contabilización de gastos anticipados en siembras de cereales y confirma actuación del SII.
Sociedad Agrícola La Colmena Limitada solicita devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas (PPUA) en 2015 por pérdidas tributarias. El SII cuestiona que la empresa haya imputado directamente a gastos del ejercicio los desembolsos en fertilizantes, insumos y químicos relativos a siembras que generan ingresos al año siguiente, generando pérdidas de arrastre. El SII emite Liquidación N° 1042 de 30 de noviembre 2016 y Resolución Exenta N° 1116 de 6 de diciembre 2016, agregando diferencias por $20.495.991 más reajustes, intereses y multas, rechazando la devolución de PPUA.
El Tribunal estima que los gastos de explotación en actividades agrícolas solo pueden imputarse como pérdidas cuando reúnan tres condiciones copulativas: estén pagados o adeudados, la Ley los acepte como gastos y correspondan a ingresos brutos del ejercicio. Tratándose de cereales cuya cosecha es al año siguiente, los desembolsos deben considerarse gastos anticipados o costo a diferir, valorizándose en el Balance General según el N° 7 del artículo 41 de la Ley de la Renta. El mecanismo contable de la empresa generó pérdidas de arrastre que se fueron trasladando a ejercicios posteriores, lo cua
Tribunal rechaza la alegación de prescripción de la actuación fiscalizadora y rechaza totalmente el reclamo tributario. Confirma la Liquidación N° 1042 y Resolución Exenta N° 1116. No condena en costas a la reclamante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.
Temuco, siete de agosto de dos mil dieciocho. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece el abogado don Steven Richard Mackay Paslack, cédula de identidad N° [RUT reservado], con domicilio en calle A ntonio Varas N° 854, oficina 902, Temuco, en representación de la s ociedad AGRÍCOLA LA COLMENA
LIMITADA, RUT 76.118.476 -8, del giro de su denominación , con domicilio en Predio Las Piedades Pillan , Km. 4, comuna de Lautaro y para estos efectos en el domicilio del abogado patrocinante, quien formula reclamo en contra de la Liquidación N° 1042, de 30 de noviembre de 2016 , y de la Resolución Exenta N°1116, de 6 de diciembre del mismo año, ambos actos administrativos emitidos por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, mediante los cuales se determinan diferencias de impuesto a la renta de primera categoría del año tributario 2015 que inciden en reintegro del artículo 97 de la Ley de la Renta por la suma de $20.495.991. -, más reajustes, intereses y multas y se rechaza devolución solicitada por la reclamante en el mismo año tributario por pagos provisionales por utilidades absorbidas, respectivamente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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