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Tribunal · solo Pro
HOYUELAS LOPEZ con SII
Fecha: 04-09-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación de IGC 2014 por inversiones no justificadas, al constatar que contribuyente probó origen de fondos para compra de vehículo mediante préstamo bancario e ingresos profesionales.
Contribuyente arquitecto adquirió vehículo Kia Sorento el 29 de agosto de 2013 por $13.890.000, pagado con efectivo y cheques de su cuenta. El SII emitió Liquidación N°26 determinando diferencias de IGC 2014 por $3.259.455 al considerar inversiones no justificadas. El contribuyente acompañó documentos acreditando origen de fondos: préstamo bancario BCI por $13.639.647 de noviembre 2012, honorarios profesionales 2012-2013 por $25.267.753, venta de vehículo Toyota en julio 2012 por $3.290.000, e ingresos de su cónyuge por $13.866.524.
El tribunal constata que el SII objeta insuficiencia de ingresos y falta de acreditación de permanencia patrimonial de fondos. Sin embargo, el tribunal advierte que la Circular N°8 del SII presume la mantención de recursos cuando media menos de un año entre obtención e inversión, siempre que el Servicio demuestre otros desembolsos. El tribunal observa que el SII no tasó ni determinó específicamente los gastos de vida alegados, limitándose a afirmar su insuficiencia sin fundamento razonado. Además, constata que los funcionarios no cumplieron procedimientos de la Circular N°8 respecto a requerir
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N°26 del SII de 23 de marzo de 2017 por diferencias de IGC del año 2014, condenando en costas a la administración tributaria por no haber tenido motivo plausible para litigar.
Temuco, cuatro de septiembre de dos mil dieciocho. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece don CARLOS RODRIGO ULLOA GONZ ÁLEZ, abogado, cédula de identidad N° [RUT reservado], con domicilio en calle Manuel Montt N° 850, oficina 302, Temuco, en representación, según acredita con mandato judicial que acompaña, de don CRISTIAN ALBERTO HOYUELAS L ÓPEZ, cédula de identidad N° [RUT reservado], arquitecto, con domicilio en calle Doctor Carrillo N°297, Temuco, quien dentro del plazo legal interpone reclamo en contra de la Liquidación N° 26, emitida con fecha 23 de marzo de 2017 por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos , mediante la cual se determinan diferencias de impuesto global complementario del año tributario 201 4 por la suma total de $ 3.259.455.-, provenientes de inversiones no justificadas , solicitando se deje sin efecto dicha actuación administrativa en razón de los fundamentos y argumentos que seguidamente se exponen: 1.- Manifiesta que existe un hecho no discutido consistente en la compra que efectuó de un station wagon marca Kia, Modelo Sorento , año 2013, por un valor de $13.890.000, el que según señala fue pagado con $3.000.000 en efectivo y el saldo restante con 3 cheques de su cuenta corriente del Banco Chile con vencimientos al 29 de agosto del m ismo año, por la suma de $3.945.000 y al 29 de septiembre y 29 de octubre por la suma de $3.472.000 cada uno.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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