Texto procesado con inteligencia artificialEl cuerpo del fallo fue limpiado y reformateado mediante IA a partir del PDF oficial publicado por el Tribunal. Pueden existir errores de transcripción o reformulación. Verifica siempre contra la versión oficial del Tribunal antes de citarlo o usarlo profesionalmente. Fuente original: ojv.tta.cl.

Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

SII con CONSTRUCTORA FOLILCO LIMITADA

Fecha: 06-08-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT

ACOGE Confirmatorio Ha Lugar

Resumen (IA)

Tribunal acoge reclamo contra denuncia por uso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal e IVA, por falta de prueba indubitada de malicia de la contribuyente.

Hechos

Constructora Folilco Limitada fue denunciada por utilizar cuatro facturas falsas de dos proveedores inexistentes (Equipos, Construcción y Proyectos Econpro S.p.A. y Construcciones y Servicios Cumbre Andina S.p.A.) en períodos diciembre 2015 y abril 2016. Las facturas fueron registradas en libro electrónico de compras y declaraciones mensuales para aumentar crédito fiscal de IVA e inflar costos que disminuían base imponible de Impuesto a la Renta. Posteriormente la empresa rectificó las declaraciones.

Considerandos clave

El Tribunal analiza que para configurar infracción del artículo 97 N°4 CT se requiere elemento material (declaración con datos no veraces) y elemento psicológico (conocimiento de falsedad y malicia). Conforme jurisprudencia de la Corte Suprema, corresponde al SII acreditar fehacientemente la malicia. Aunque se probó que operaciones se ejecutaron según facturas y fueron parcialmente pagadas en efectivo y transferencias, no se acreditó indubitadamente que la contribuyente tuviera pleno conocimiento y conciencia del carácter malicioso de sus actuaciones, especialmente considerando su colaboración

Resolutivo

Acoge reclamo de Constructora Folilco Limitada y deja sin efecto Acta de Denuncia N°22/2018 por infracciones a artículo 97 N°4 incisos primero y segundo del CT. No condena en costas al SII por tener motivo plausible para litigar.

Texto del fallo

Temuco, seis de agosto de dos mil diecinueve.

VISTOS:

A fojas 1, rola acta de denuncia N° 22, emitida por el Servicio de Impuestos Internos el 28 de junio de 2018 y notificada personalmente con fecha 3 de julio del mismo año a la contribuyente Constructora Folilco Limitada, con giro de contratista de obras menores, representada legalmente por don Daniel Sebastián Coliñanco Quidel, cédula de identidad N° [RUT reservado], con domicilio en calle Mac-Iver N°1385, comuna de Lautaro , por su responsabilidad en la comisión de las infracciones descritas y sancionadas en el artículo 97 N° 4 , incisos primero y segundo, del Código Tributario, configuradas por la utilización de facturas falsas para rebajar la utilidad y consecuentemente la base imponible del impuesto a la renta, mediante la presentación de declaraciones maliciosamente incompletas o falsas en el año tributario 2016; y por el aumento malicioso del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que tenía derecho a hacer valer mediante la utilización de facturas falsas en períodos mensuales de los años 2015 y 2016. La denuncia se funda en los antecedentes de hecho y de derecho que seguidamente se exponen: 1.- Antecedentes del contribuyente y procedimiento de fiscalización:

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

Artículos citados:

Fallos similares · misma materia y tribunal

Más fallos del mismo tribunal

Temas tratados en este fallo

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA