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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSada
Fecha: 20-08-2020 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a Importadora Amigo Ltda. por omitir maliciosamente declarar ingresos en F22 AT2018, utilizando facturas falsas de terceros para ocultar ventas reales, configurando delito del art. 97 N°4 CT.
Importadora Amigo Ltda. vendió mercaderías a Comercial Fernapet Ltda., recibiendo pagos mediante cheques por $5.257.919 total. Sin embargo, las facturas de respaldo fueron emitidas por terceras sociedades (Soc. Comercial Doña Isabel SpA, Comercializadora Galaz SpA y Electrónica Paredes SpA), consideradas facilitadoras de documentación falsa. El contribuyente omitió contabilizar y declarar estos ingresos en su F22 AT2018, pese a haber cobrado efectivamente los cheques en su cuenta corriente, causando un perjuicio fiscal de $1.350.184.
El tribunal estableció que el contribuyente actuó maliciosamente al valerse de terceras sociedades para emitir facturas por operaciones que le eran atribuibles, mientras recibía directamente los pagos. Esta maniobra tuvo por objeto ocultar ingresos y disminuir la base imponible del IDPC. La declaración jurada del representante legal reconoció que los cheques correspondían a ventas de mercaderías. El tribunal consideró que la omisión no fue casual, sino parte de un esquema sistemático que involucró a múltiples sociedades emisoras de documentación falsa. La conducta constituye una declaración ma
Acoge denuncia. Condena a Importadora Amigo Ltda. como autora del delito del art. 97 N°4 inc. 1° CT. Aplica multa de $1.350.184, equivalente al 100% del impuesto defraudado. Ordena giro de multa una vez ejecutoriada la sentencia.
XIII SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DRM STGO CENTRO con IMPORTADORA
AMIGO LIMITADA
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
CUANTÍA: 80,98 UTM
Santiago, veinte de agosto de dos mil veinte.
I. VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso. 1º) A fs. 1 y siguientes, con fecha 26 de marzo de 2020, don Claudio Rodríguez González, Director Regional de la XIII Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos (en adelante indistintamente, el “Servicio” o la “Administración”) remitió a este tribunal por medio de la RES. DJU 13.00 Nº 571 de fecha 26 de marzo de 2020, el Acta de Denuncia Nº 06 de fecha 26 de febrero de 2020 (el “Acta de Denuncia”), por infracción al delito tributario contemplado en el artículo 97 Nº 4 inciso 1º del Código Tributario, respecto del Contribuyente IMPORTADORA AMIGO LIMITADA , Rol Único
Tributario Nº 76.225.470 -4 (en adelante indistintamente también, el “Denunciado” o el “Contribuyente”). 2º) A fs. 260 y siguientes, con fecha 01 de abril de 2020, este tribunal tuvo por recibida la RES. DJU 13.00 Nº 571 de fecha 26 de marzo de 2020 y tuvo por acompañados los siguientes documentos:
1. Copia de Notificación Nº 19 Folio 1534538 de fecha 26 de febrero de 2020;
2. Acta de denuncia Nº 06 de fecha 26 de febrero de 2020 en un ejemplar;
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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