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Tribunal · solo Pro
CORONA SPEDALIERE con SII
Fecha: 05-04-2021 · Materia: Artículo 8 bis CT
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Acogimiento parcial de reclamo por vulneración de derechos de contribuyente respecto de imputación de pagos erróneamente realizados y pronunciamiento sobre condonación de recargos, rechazando prescripción y vulneración de propiedad.
Contribuyente compró dos inmuebles en 2004 con roles de avalúo 351-149 y 351-151, pagando contribuciones de buena fe durante 16 años. En 2020, descubre error en registros del SII. Fiscalizadora rectifica roles el 3 de junio 2020 asignando números 351-184 y 351-186, generando automáticamente deuda desde 2004 con recargos. Contribuyente solicita al SII prescripción de giros fuera de plazo legal, condonación de intereses y multas, e imputación de pagos indebidos. SII rechaza mediante Resoluciones N° 55202014184 y N° 4.
El tribunal establece que la imputación de sumas pagadas erróneamente es facultad del Director Regional conforme artículo 6° letra B) N° 8 del CT, siendo acto arbitrario rechazarla sin fundamento que desvirtúe la norma. Respecto a condonación de recargos, el Director Regional debe pronunciarse fundadamente en conformidad al artículo 6° letra B) N° 4 CT, no pudiendo excusarse citando normativa interna. La prescripción de giros es materia sustantiva que debe conocerse en procedimiento general de reclamación conforme artículos 124 y 136 CT, no en recurso administrativo de resguardo. No se acredit
Se acoge parcialmente el reclamo: (1) SII deberá gestionar ante Tesorería Regional para imputar pagos erróneamente realizados contra deuda de roles 351-184 y 351-186, reportando en 15 días hábiles; (2) Director Regional debe pronunciarse sobre condonación de recargos en 15 días hábiles desde notificación; (3) Se rechaza solicitud de prescripción de cuotas morosas; (4) Se rechaza alegación de vulne
Temuco, cinco de abril de dos mil veintiuno.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don GONZALO SCHMIDT GABLER , abogado, cédula de identidad N°[RUT reservado], en representación de don RENZO CORONA SPEDALIERE, contador auditor, cédula de identidad N°[RUT reservado], ambos domiciliados para estos efectos en calle Vicuña Mackenna N° 679, oficina 405, comuna de Temuco, quien deduce reclamo en procedimiento especial por vulneración de derechos, conforme lo dispuesto en los artículos 8 bis y 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, en contra de la Resolución Exenta N° 4 emitida por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, la cual rechazó el recurso de resguardo presentado por el contribuyente con fecha 12 de enero de 2021, mediante el cual solicitó que se dejara sin efecto la Resolución Exenta N°55202014184 y que se emitiera una nueva resolución que accediera a las peticiones efectuadas por el interesado en la solicitud administrativa presentada el 17 de agosto de 2020, referidas a la prescripción, condonación de intereses y multas e imputación de contribuciones pagadas erróneamente. Funda su acción en los argumentos y fundamentos que seguidamente se resumen:
I.- Antecedentes:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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