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Tribunal · solo Pro
CONSTRUCTORA NOVATEC S.A. con SII
Fecha: 19-04-2022 · Materia: Resolución · Juez: Carolina Andrea Arenas Concha
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra sobretasa por falta de objeto, ya que el SII anuló de oficio los giros reclamados antes de la resolución.
Inmobiliaria Novatec S.A. deduce reclamo contra la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del SII, impugnando una sobretasa aplicada conforme al artículo 7 Bis de la Ley N°17.325 y los Giros de Impuesto Folios N°6430167 y N°6430169, emitidos el 23 de junio de 2021. Durante el procedimiento, el SII anuló de oficio los giros reclamados, hecho que fue ratificado por la autoridad antes de que el tribunal dictara sentencia.
El tribunal constató que los actos impugnados fueron anulados por la autoridad administrativa antes de la sentencia, según consta a fojas 164 y 169. Aunque la parte reclamante no se desistió del reclamo, la anulación de oficio de los giros extinguió la controversia y el objeto del reclamo. Por tanto, no quedaba camino procesal sino rechazar lo principal. Respecto de costas, conforme al artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se liberó a la reclamante del pago por no haber sido totalmente vencida.
Se rechaza el reclamo interpuesto contra la sobretasa aplicada por el artículo 7 Bis de la Ley N°17.325 y los Giros Folios N°6430167 y N°6430169. Cada parte paga sus propias costas.
“CONSTRUCTORA NOVATEC S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, diecinueve de abril de dos mil veintidós.
VISTOS:
A fojas 3, comparece doña Yanet Fontanez Carrasco, abogado, cédula de identidad N° [RUT reservado], como mandatario judicial de la sociedad INMOBILIARIA NOVATEC S.A., Rol Único Tributario N°86.856.700-7, ambos domiciliados en Avenida Presidente Riesco N°5335, piso 11, Las Condes , Región Metropolitana, quien, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de la Sobretasa aplicada en virtud del artículo 7 Bis de la Ley N°17.325 y los Giros de Impuesto Folio s N°6430167 y N°6430169, ambos emitidos con fecha 23 de junio de 2021 , por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) , solicitando que sean dejados sin efecto , con costas , en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone.
A fojas 113, se tiene por interpuesto reclamo y se confiere traslado a la reclamada para contestar. A fojas 129, comparece don Manuel Araya Zacarías , abogado , en representación de la parte reclamada, quien, evacuando el traslado conferido en autos, solicita que se rechace íntegramente el reclamo presentado, se confirme la sobretasa aplicada y, en consecuencia, los giros folios N°6430167 y N°643 0169 y se condene en costas a la reclamante, en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone.
A fojas 164, la parte reclamante informó que los giros que motivan el presente reclamo fueron anulados de oficio por el propio S II, lo que fue ratificado por este último, mediante presentación de fojas 169.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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