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Tribunal · solo Pro
COMERCIAL CRIMAXCA SPA con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 29-06-2022 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de contribuyente que solicitaba rectificación de Formulario 29 período mayo 2016 para IVA Exportador, ya que la materia de fondo estaba siendo resuelta por otro tribunal mediante Resolución terminal.
Comercial Crimaxca SpA presentó solicitud de rectificación del Formulario 29 de mayo 2016 mediante Formulario 2117 el 26 de julio de 2018, alegando error en crédito fiscal que requería devolución mayor de IVA Exportador. La empresa había solicitado devolución de IVA Exportador por $427.463.363 el 6 de junio de 2016. El SII emitió Citación N°89 el 12 de agosto de 2016. La Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte negó la solicitud de rectificación mediante Resolución N°36(9) del 15 de enero de 2019, argumentando que el período se encontraba en fiscalización.
El tribunal analizó si correspondía autorizar la rectificación invocando el artículo 36 bis del Código Tributario y el Decreto Supremo N°910 de 1978, que permiten al contribuyente rectificar declaraciones con errores antes de liquidación o giro. Sin embargo, verificó que el SII había emitido ya la Resolución Exenta N°670(340) del 11 de septiembre de 2019, acto administrativo terminal que resolvió la devolución de IVA Exportador para mayo 2016, declarándola improcedente. Esta resolución estaba siendo conocida por otro tribunal en causa Rol · solo Pro. El tribunal consideró que acoger la p
Se rechaza la reclamación interpuesta por Comercial Crimaxca SpA. Se confirma la Resolución Exenta N°36(9) DRE 20.000 del 15 de enero de 2019. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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COMERCIAL CRIMAXCA SpA
RUT N°76.207.833-3
CUANTIA: 8.840,47 UTM
EN SANTIAGO, A VEINTINUEVE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS.
Atendida la contingencia sanitaria y la modalidad de teletrabajo en que se encuentra funcionando el Tribunal, la presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 28 de marzo de 20 19, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don CRISTIÁN PIZARRO GÓMEZ, RUT N°[RUT reservado], en representación de COMERCIAL CRIMAXCA SpA , RUT N°76. 207.833-3, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura N°2909, oficina 304, Comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N°36 (9) DRE 20.000 , de fecha 15 de enero de 2019, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), que resolvió no ha lugar a la solicitud de corrección de Formulario 29 (en adelante F29), folio 6130881976, código 77.
El reclamante, en resumen, sostiene que los fiscalizadores no ponderaron adecuadamente los a ntecedentes como documentos acompañados en etapa administrativa y la normativa aplicable sustantiva, por lo que debe autorizarse la rectificación del F29 del periodo tributario correspondiente al mes de mayo de 2016.
Explica que mediante Formulario 2117 de fecha 26 de Julio de 2 018 presentó una solicitud de rectificatoria del Formulario 29 correspondiente al periodo en cuestión, atendido que, en la declaración original, se incurrió en un error al anotar los datos del crédito fiscal, requiriéndose, en consecuencia, una 2 devolución mayor a la que correspondía efectivamente, adjuntando en dicha oportunidad una propuesta al efecto.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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