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Tribunal · solo Pro
CÁCERES BAHAMÓNDEZ con SII
Fecha: 07-09-2022 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza por improcedente reclamación por vulneración de derechos contra resolución del SII que negó nulidad de giros de IVA, por existir cosa juzgada y procedimiento administrativo específico aplicable.
Contribuyente Manuel Alejandro Cáceres Bahamóndez efectuó declaraciones rectificatorias de formularios 29 (períodos enero-diciembre 2016), originando giros de IVA del 17 de julio de 2018 por eliminación de créditos fiscales. Reclamó tributariamente en 2018 alegando falta de voluntad libre, sentencia de abril 2019 rechazó el reclamo y quedó firme en noviembre 2020. En febrero 2022 solicita revisión de la actuación fiscalizadora, pidiendo nulidad de giros y devolución de impuestos. SII rechaza la solicitud mediante Resolución Ex N° 150.751 de mayo 2022. Contribuyente interpone reclamación por vu
El tribunal analiza la procedencia de la reclamación en dos aspectos: primero, respecto de la nulidad de los giros, determina que existe cosa juzgada por sentencia firme que confirmó su validez, por lo que no es posible reabrir la discusión sobre su origen ni la voluntariedad de la declaración rectificatoria. Segundo, la resolución del SII sobre corrección de errores propios no es reclamable por vulneración de derechos, sino conforme al procedimiento general del artículo 124 del Código Tributario. El artículo 155 del CT expresamente excluye procedimientos de vulneración cuando existen procedim
Se rechaza por improcedente la reclamación por vulneración de derechos. No se condena en costas por tener motivos plausibles. Se notifica por publicación. Se comunica al Servicio de Tesorería que queda sin efecto la suspensión de cobro de los giros. Se ordena anotar, registrar y archivar.
RESUMEN:
PARTES: MANUEL ALEJANDRO CÁCERES BAHAMONDES CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: ART. 8 BIS N° 9.
PROCEDIMIENTO: Reclamación por vulneración de derechos.
CUANTÍA: INDETERMINADA.
La Serena, siete de septiembre de dos mil veintidós.
VISTOS:
Comparece don MILENKO ZURITA ROJAS, abogado, en representación convencional de don MANUEL ALEJANDRO CÁCERES BAHAMONDEZ, rol único tributario N° [RUT reservado], empresario individual, domiciliado en Avenida el Sauce N° 51 -521, ciudad de Coquimbo, de conformidad con los artículos 155 y s iguientes del D.L. N° 830 de 1974, viene en interponer reclamo por Vulneración de derechos en contra del Servicio de Impuestos Internos (SII) de la IV Dirección Regional por haber incurrido en actos y omisiones que vu lneran los derechos que más adelante se indicarán al dictar la Resolución Ex N 150.751 de fecha 23 de mayo de 2022 , notificada mediante carta enviada con igual fecha y que resolvió la petición administrativa de fecha 24 de febrero de 2022 , mediante la cual se negó lugar a la nulidad de los giro s que se indicarán; y a conceder la devolución de impuestos solicitada en el primer otrosí de la petición administrativa.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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