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Tribunal · solo Pro
Renta Bus Alce Uno Ltda. con SII
Fecha: 15-09-2022 · Materia: Giro · Juez: oscar_renato_merino_maturana
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación contra giro de impuesto a la renta por AT 2017. Contribuyente no acreditó suficientemente gastos por intereses bancarios y cuotas leasing. Giro se emitió conforme a derecho tras rectificación voluntaria de declaración.
Renta Bus Alce Uno Ltda., empresa de transporte de pasajeros, presentó declaración de renta AT 2017 el 2 mayo 2017 por $78.519.329. El 11 junio 2019 rectificó voluntariamente su declaración a $173.718.822, generando diferencia de $95.199.493. El SII emitió giro Folio 52242997 por esta diferencia el 29 noviembre 2019. La empresa reclama argumentando que el SII negó indebidamente la deducción de intereses devengados de préstamos bancarios y cuotas de leasing de vehículos de transporte, que según ella cumplían con requisitos del artículo 31 LIR.
El tribunal rechaza la alegación de improcedencia del SII sobre corrección de errores propios. Determina que la controversia versa sobre deducibilidad de gastos, no sobre enmienda de errores propios. Respecto al giro, constata que fue emitido conforme a artículos 36 bis y 24 CT tras rectificación voluntaria válida, sin vicios procedimentales ni afectación de derechos. En cuanto al fondo, analiza requisitos del artículo 31 LIR para deducción de gastos: relación con actividad, necesariedad, pago o adeudiamiento en ejercicio, y acreditación fehaciente. Para intereses bancarios, requiere documenta
Se rechaza la reclamación interpuesta. Se confirma el Giro Folio 52242997 de 29 noviembre 2019 emitido por SII. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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RENTA BUS ALCE UNO LIMITADA
RUT N°76.179.035-8
CUANTÍA: 1.933,81 UTM
EN SANTIAGO, A QUINCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS
Atendida la contingencia sanitaria y la modalidad de teletrabajo en que se encuentra funcionando el Tribunal, la presente resolución contiene las fojas del expediente electrónico del sistema SACTA.
VISTOS:
El escrito de fecha 2 de octubre de 201 9, rolante a fojas 1 de autos, presentado por don JAVIER BAHAMONDE URIBE, RUT N°[RUT reservado], en representación de RENTA BUS ALCE UNO LIMITADA , RUT N°76.179.035-8, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida 5 de Abril N°4570, comuna de Estación Central , mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra del Giro Folio N°52242997, de fecha 29 de noviembre de 2019, emitido por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), por concepto de Impuesto a la Renta de Primera Categoría correspondiente al Año Tributario (en adelante AT) 2017 por la suma neta de $95.199.493.-
El contribuyente sostiene, en primer lugar , que el SII determinó que la diferencia invocada se produciría en el AT 2017 y no así en periodos tributarios de años anteriores, no existiendo objeción alguna al respecto.
Por su parte, indica que la reliquidación se origina por la negativa del ente fiscal, amparada en su interpretación, de no considerar como gastos los intereses devengados durante el citado periodo tributario. Y, además , al no considerar como gastos los pagos efectuados de aquellas cuotas de leasing de vehículos de transporte de pasajeros que adquirió para sí y que adeudaba, los 2 que se registraron en el AT en cuestión, sin embargo, contractualmente debieron haberse pagado en meses anteriores.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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