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Tribunal · solo Pro
COFRÉ ESPINOZA con SII
Fecha: 30-08-2023 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente contra liquidación de reintegro por crédito de impuesto de primera categoría, considerando la declaración de renta como maliciosamente falsa por falta de acreditación de calidad de accionista.
Francisco Javier Cofré Espinoza declara en 2017 dividendos de Inmobiliaria Majegui S.A. por $30.052.098 con crédito de primera categoría de $5.812.539, obteniendo devolución de $3.305.609. El SII cuestiona su participación accionaria, alegando maniobras para obtener devoluciones indebidas. El contribuyente sostiene haber comprado 23 acciones, informado su incorporación al SII y dado aviso presencial. La sociedad informó su participación en Declaración Jurada 1884, aceptada sin observaciones.
El tribunal concluye que el contribuyente no acreditó su calidad de accionista ni la percepción efectiva de dividendos. Una declaración maliciosamente falsa requiere elementos falsos incluidos conscientemente, sabiendo o debiendo saber que no se ajustan a la verdad y permiten obtener devoluciones improcedentes. La falta de acreditación de accionista, junto con la obtención de devolución indebida, permite presumir que el contribuyente sabía o debía saber que incluía ingresos falsos. La prescripción extraordinaria de 6 años aplica por ser declaración maliciosamente falsa. La notificación de liqu
Se rechaza el reclamo en todas sus partes. Se confirma la Liquidación N°1 de 30.05.2022 y se ordena girar el impuesto correspondiente. No se condena en costas por estimar motivo plausible para litigar.
“COFRÉ ESPINOZA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, treinta de agosto de dos mil veintitrés.
VISTOS:
A fojas 70 y siguientes, comparece don CRISTÓBAL SERGIO EAST TOMIC IC, RUT N° [RUT reservado], abogado, en representación de don FRANCISCO JAVIER COFRÉ
ESPINOZA, RUT N° [RUT reservado], ambos domiciliados para estos efectos en calle Santo Domingo Nº 664, comuna y ciudad de Santiago , quien conforme al Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo tributario en contra de la Liquidación N°1, de fecha 30.05.2022, emitida por el Servicio de Impuestos Internos , (S.I.I.), la cual determinó diferencias por concepto de Reintegro del artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, correspondiente a mayo de 2017, solicitando se deje sin efecto en atención a los argumentos que , resumidamente, se exponen a continuación.
En relación con los hechos, e xpone que , según da cuenta la liquidación que reclama, el S.I.I. mediante Oficio Reservado N° 17, de fecha 23.07.2019, emitido por el Departamento de Delitos Tributarios, remitió a la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte, antecedentes mediante el cual informa que el contribuyente reclamante realizó actos encaminados a obtener devoluciones indebidas de crédito por impuestos de Primera
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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