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Tribunal · solo Pro
TIVIT CHILE TERCERIZACIÓN DE PROC SERV Y TECNOLOGÍ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 20-05-2024 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE+3.000M Ha Lugar
Se acoge reclamo tributario contra Liquidación 87 del SII por vicio de forma (citación emitida fuera de plazo del art. 59 CT) y de fondo (cálculo erróneo de base imponible del impuesto adicional en venta indirecta de activos subyacentes).
Tivit Chile (ex Synapsis) fue excluida de la nómina de grandes contribuyentes el 29.12.2017. Previamente, el 26.09.2016 se le notificó requerimiento de antecedentes para fiscalizar fusión de sociedades del 30.12.2014. El 31.10.2014 Tivit Tecnología adquirió el 100% de RW IT Latam Holdings (sociedad extranjera), lo que implicó adquisición indirecta de activos chilenos. El 26.04.2018 (fuera de plazo) se emitió Citación 36. El 27.08.2018 se liquidó impuesto adicional de CLP 2.173.661.983, modificado el 25.02.2019 a CLP 685.716.717.
El tribunal concluyó que: (1) La Citación 36 fue emitida fuera de los plazos del artículo 59 CT (9-12 meses desde entrega de documentos el 27.10.2016, vencía 27.10.2017 o 27.10.2018), por tanto es nula. (2) La DGC mantuvo competencia por el requerimiento pendiente, pero su validez estaba limitada temporalmente. (3) El cálculo de la base imponible del impuesto adicional es erróneo: el SII dedujo del costo tributario de activos subyacentes el costo de inversiones en el extranjero, lo que contraviene el artículo 10 inc. 5º y artículo 58 Nº3 LIR y la Circular 14/2014. (4) Con precio de venta USD 2
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación 87 emitida el 27.08.2018 y su modificación por Resolución 100.322/2019. Se rechaza condenación en costas por haber el SII tenido motivo plausible para litigar.
“TIVIT CHILE TERCERIZACION DE PROC SERV Y TECNOLOGI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
CENTRO”
RIT N°:Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
CUANTIA:
Cuantía Neta UTM 44954,03
Multa UTM 0
Reajuste UTM 4810,08
Intereses UTM 2985,85
Cuantía Bruta UTM 52749,96
Santiago, veinte de mayo de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
I. FASE DE DISCUSIÓN:
A. Reclamo
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
UNO: A fojas 1 y siguientes, comparece don ARTURO GARNHAM BRAVO y otros, en representación de TIVIT CHILE TERCERIZACIÓN DE PROCESOS, SERVICIOS Y TECNOLOGÍA SpA (antes SYNAPSIS SPA), Rol Único Tributario N°76.130.712-6, quienes señalan:
De conformidad a los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo tributario en contra de la LIQUIDACIÓN N°87, de 27 de agosto de 2018, notificada con fecha 29 de agosto del mismo año, que fue modificada por la Resolución Exenta N°100.322/2019, de fecha 25 de febrero de 2019, notificada con igual fecha, ambas emitidas por la dirección de Grandes Contribuyentes (DGC) del Servicio de Impuestos Internos, por estimar que ellas han sido dictadas con infracción de ley, solicitando expresamente dar curso al reclamo y, en definitiva, se acoja en todas y cada una de sus 1 partes, dejando totalmente sin efecto la Liquidación 87 (modificada por la Resolución 100.322).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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