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Fallo TTA — Rol · solo Pro

Tribunal · solo Pro

ANTILLANCA AGUAYO con SII

Fecha: 18-07-2025 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Christian Marcel Allen Rojas

ACOGE+100M Ha Lugar

Resumen (IA)

Tribunal acoge reclamo de avalúo fiscal por aplicación errónea de tablas de clasificación. Ordena retasación con calidad E-3 e reembolso de impuesto territorial indebidamente cobrado desde 2023.

Hechos

Contribuyente propietaria de vivienda en Loteo Gran Lagunitas PC 240, Puerto Montt (rol 5200-240). El SII incrementó el avalúo de $11.902.465 a $232.366.616 en febrero 2023 tras recibir certificado de recepción municipal de obra nueva. Contribuyente presentó solicitud de tasación de obra nueva en junio 2023. SII en septiembre 2023 aumentó nuevamente el avalúo a $241.696.637, clasificando la vivienda como calidad E-2 en lugar de E-3 asignada por municipalidad. Contribuyente interpuso reclamo alegando errada aplicación de tablas de clasificación y valores excesivos.

Considerandos clave

El tribunal constata que el SII reconoció error en la determinación de la superficie de la bodega, pero rechazó allanarse sin corregir el gravamen. Se destaca que el SII debe actuar con imparcialidad conforme Ley 19.880. El tribunal analiza que la ley 17.235 ordena clasificar construcciones por clase, calidad y especificaciones técnicas, sin prescindir del número de metros cuadrados. El impuesto territorial debe ajustarse fielmente a la realidad de los hechos y no puede resultar expropiatorio. El tribunal observa que el mecanismo de valoración produjo resultados desproporcionados equiparando e

Resolutivo

Tribunal acoge reclamo en todas sus partes. Deja sin efecto las resoluciones de febrero y septiembre 2023. Ordena retasación del inmueble considerando 332,67 m² con calidad E-3. Mantiene vigente avalúo de $11.902.465 del segundo semestre 2022 hasta retasación. Ordena reembolso de impuesto territorial indebidamente cobrado desde primer semestre 2023. Condena en costas al SII.

Texto del fallo

1

Puerto Montt, dieciocho de julio de dos mil veinticinco.

VISTOS,

A fojas 1, comparece doña Migsan Marsyl Antillanca Aguayo, RUT N° [RUT reservado], médico veterinario, domiciliada en Camino Punta Larga km 1, Frutillar, quien interpone reclamo tributario en contra de la Resolución Ex . SII N°A10.2023.00032830 de 21 de septiembre de 2023, pidiendo se rebaje el avalúo fiscal allí determinado, de acuerdo a los argumentos que expone.

La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 3478,09;

Multa UTM 0; Reajuste UTM 0, Intereses UTM 0; Cuantía Bruta UTM 3478,09.

En relación a los antecedentes de hecho y de derecho del reclamo, señala que el 22 de febrero de 2023, con la notificación de la Resolución Ex.SII N°A10.2023.00007014, un acto dictado por el Jefe de Departamento de Avaluaciones de la X Dirección Regional de Puerto Montt, a través del cual se resuelve modificar, con efecto a partir del 1 de enero de 2023, el avalúo fiscal del bien raíz rol 5200- 240, correspondiente al inmueble ubicado en Loteo Gran Lagunitas PC 240, en la comuna de Puerto Montt. Dicha resolución ejecutó un drástico incremento en la valoración del inmueble, elevándola desde $11.902.465 a la suma de $232.366.616, montos expresados en moneda del primer semestre de 2023, estableciendo como consecuencia un nuevo monto de giro por impuesto territorial de $835.236 semestral. En respuesta a esta reevaluación, con fecha 7 de junio de 2023, el contribuyente interpuso formalmente ante el Servicio de Impuestos Internos una Petición Administrativa de “Tasación de Obra nueva y/o Ampliación” y una “Solicitud de Modificación al Catastro de Bienes Raíces”, mediante el Formulario 2118 con número interno 3987691, para el ya mencionado inmueble registrado a su nombre y al de su cónyuge, Jorge Andrés Espinoza Sanhueza. El 26 de julio de 2023, a través del Oficio Ord .

Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.

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