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Tribunal · solo Pro
Berríos Ramírez con SII
Fecha: 25-06-2025 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE+1.000M Ha Lugar
Se acogió la nulidad de resolución que modificaba avalúo de bien raíz por falsedad ideológica del formulario 2118 y falta de firma de autoridad competente.
Enrique Exequiel Berríos Ramírez, propietario de bien raíz rol 1404-215 ubicado en Línea Nueva Lotes 1 y 3, Puerto Varas, recibió notificación de Resolución Ex. SII N°A10.2024.00005554 de 28 de febrero de 2024, que modificó su avalúo de $0 a $1.142.522.819 pesos retroactivamente desde el 01 de enero de 2022, aumentando sus contribuciones territoriales de $15.275 a más de $3.000.000 semestrales. El contribuyente alegó que la modificación se basó en un formulario 2118 falsificado, siendo él quien no solicitó jamás dicha modificación.
El tribunal determinó que el formulario 2118 N°3224216 que justificaba la resolución era falsamente atribuido al contribuyente, siendo en realidad un procedimiento de oficio originado en un plan de fiscalización regional. El SII reconoció que se trataba de una orden de trabajo de oficio y no de solicitud de parte. La resolución carece de firma de autoridad competente identificada, siendo el pie de firma solo "Servicio de Impuestos Internos" sin identificar al funcionario autorizante. Aunque el artículo 11 del Código Tributario permite omitir firmas en avisos postales, no en la resolución misma
Se acogió la nulidad de la Resolución Ex. SII N°A10.2024.00005554 de 28 de febrero de 2024. Se rechazó el reclamo subsidiario por incompatibilidad. El SII deberá restituir las sumas recaudadas debidamente reajustadas. Se condenó en costas a la reclamada.
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Puerto Montt, veinticinco de junio de dos mil veinticinco.
VISTOS,
A fojas 1, comparece don Felipe Herrera Valenzuela , RUT N°[RUT reservado], abogado, en representación de Enrique Exequiel Berríos Ramírez , RUT N°[RUT reservado], ambos domiciliados en calle Parque Santa Otilia, Parcela 40, comuna de Puerto Varas, quien en lo principal interpone acción de nulidad en contra de la Resolución Exenta N°A10.2024.00005554, emitida por la X Dirección Regional Puerto Montt del Servicio de Impuestos Internos y en subsidio deduce reclamo tributario contra esta misma resolución, de acuerdo a los argumentos que expone.
La cuantía de la causa asciende a: Cuantía Neta UTM 17319,61; Cuantía Bruta UTM 17319,61.
En relación con los antecedentes de hecho que motivan su reclamo, señala que la Resolución EX.SII N°A10.2024.00005554, determina la modificación, a partir del 01.01.2022 del avalúo del bien raíz rol 1404-215, ubicado en Línea Nueva Lote 1 y 3, de la comuna de Puerto Varas, de $0 a $1.142.522.819, montos en moneda del primer semestre de 2024. El nuevo monto de giro por impuesto territorial pasaría a ser de $6.095.359 semestral. A su vez, dicha resolución dispuso que la modificación de avalúo mencionada se vería reflejada en los roles de reemplazo/suplementario a publicarse el primes semestre de 2024 y en los correspondientes roles semestrales de contribuciones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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