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Tribunal · solo Pro
RADICH HARRIS con SII
Fecha: 18-11-2025 · Materia: Liquidación · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Rechazo de reclamo contra liquidaciones por mayor valor en venta de bienes raíces efectuadas por sociedad en renta presunta, atribuyendo rentas al socio persona natural para tributación en Impuesto Global Complementario.
Contribuyente socio al 97% de Agrícola Ganadera y Forestal JR Ltda. (régimen renta presunta) fue liquidado por no tributar en IGC el mayor valor de ventas de 58 y 10 inmuebles agrícolas realizadas por la sociedad en años comerciales 2017 y 2018. SII determinó mayores valores de $530.865.459 y $151.097.122 respectivamente, atribuyéndolos al socio. Anteriormente, liquidación similar había sido anulada por SII mediante Res. Ex. 126735/2021 bajo normativa pre-reforma tributaria.
Tribunal confirma que desde 01.01.2017 (Ley 20.780) el mayor valor en venta de bienes raíces por personas jurídicas -incluso en renta presunta- constituye renta gravada con IDPC e IGC/IA, clasificada en art. 20 N°5 LIR. Beneficio de ingreso no renta del art. 17 N°8 LIR es exclusivo para personas naturales, no extensible a sociedades. Socios personas naturales deben tributar en IGC por rentas efectivas atribuidas proporcionalmente (art. 14 letra C N°1 LIR), independiente del régimen de la sociedad. Interpretación contraria crearía laguna tributaria no prevista. Resolución favorable previa aplic
Rechaza reclamo contra Liquidaciones 40, 41, 42 y 43 de 30.07.2021, confirmándolas íntegramente. Sin condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Doscientos dieciséis 216
Punta Arenas, dieciocho de noviembre de dos mil veinticinco.
VISTOS:
Uno.- A fojas 20 y siguientes comparece la abogada doña Daniela Paz Flores Morales, RUT N º [RUT reservado], actuando en representación de don Jorge Fernando Manuel Radich Harris, de profesión agricultor, RUT Nº [RUT reservado], con domicilio en Pasaje Expedición Monte Olivia Nº 01406 de Punta Arenas, quien viene en interponer reclamo tributario en contra de las Liquidaciones N º 40, 41, 42 y 43, de fecha 30 de julio de 2021 por el Departamento de Fiscalización de la XII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos (SII), las que solicita se dejen sin efecto dichos actos administrativos , y se decrete que la declaración de Impuesto a la Renta Años Tributarios 2018 y 2019 se encuentran efectuadas conforme a derecho, en razón de los siguientes argumentos de hecho y de derecho:
Afirma que su representado fue notificado electrónicamente de estas
Liquidaciones el mismo día de su emisión, las que fueron suscritas por los fiscalizadores Sandra Rodríguez Bilz, Paola Gutiérrez Alvarado y Daniel Pérez Ruiz; actos administrativos que determina ron importantes diferencias tributarias : un Impuesto Global Complementario de $45.942.493 para el Año Tributario 2018 y $8.763.881 para el Año Tributario 2019, además de reintegros de renta por $835.207 y $1.034.106, respectivamente.
Ante esta situación, refiere que don Jorge Radich Harris interpuso una reposición administrativa voluntaria en septiembre de 2021, pero el SII la rechazó mediante Resolución Exenta Nº 144040 del 19 de enero de 2022, lo que motivó la presentación del presente reclamo ante este Tribunal.
I.- ANTECEDENTES DEL CASO
La reclamante expone que la situación de autos se originó con la Citación Nº 16 que recibió el contribuyente en abril de 2021 . Atendido el volumen de documentación que debía revisarse, solicitó prórroga de un mes, la que le fue concedida.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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