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Tribunal · solo Pro
SII con Montajes y Servicios Industriales Dar Ltda.
Fecha: 25-03-2026 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA+100M Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por incorporar facturas de operaciones inexistentes como costos/gastos e IVA crédito fiscal, infringiendo art. 97 N°4 CT. Multas: $35.923.689 y $46.517.097.
Montajes y Servicios Industriales Dar Ltda., contribuyente con 20 años de actividad, fue fiscalizada por períodos mayo 2018-julio 2019. Se detectó que incorporó en su contabilidad crédito fiscal IVA y costos/gastos amparados en documentos tributarios electrónicos emitidos por cinco proveedores (Inversiones Boza, Thunder, Macht, Alicahue y otro) que presentaban características de facilitadores de IVA: capital social mínimo, ventas desproporcionadas, domicilios virtuales, representantes sin ingresos consistentes, ausencia de trabajadores y compras de activo fijo. Los representantes reconocieron
El tribunal constató que: (1) las operaciones eran inexistentes o no acreditadas pues los proveedores carecían de capacidad económica, física y operacional; (2) incumplieron requisitos del art. 23 N°5 Ley IVA; (3) el perjuicio fiscal fue debidamente acreditado mediante Informe DFI 250/2022, registros de compras y F22 originales/rectificados, ascendiendo a $23.949.126 (IVA) y $31.011.398 (Renta); (4) la omisión fue maliciosa pues los representantes conocían las irregularidades y aun así dedujeron impuestos menores; (5) concurren circunstancias agravantes (20 años de operación, conocimiento de o
Se confirmó el Acta de Denuncia N°4 y se aplicaron multas: $35.923.689 por infracción art. 97 N°4 inc.1° CT e IVA, y $46.517.097 por infracción art. 97 N°4 inc.2° CT e Impuesto Primera Categoría. Se ordenó emisión de giro ejecutoriada la sentencia.
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EN SANTIAGO, A VEINTICINCO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
VEINTISÉIS.
VISTOS:
Que, a fojas 1 y siguientes de autos rola el Acta de Denuncia N° 4 de fecha 6 de julio del año 2022, remitida por doña MARÍA JOSÉ CASTILLO VEJAR , Directora Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, en contra de MONTAJES Y SERVICIOS INDUSTRIALES DAR
LIMITADA, RUT: 96.990.610 -4, con giro “Reparación de otros efectos personales y enseres domésticos” , domiciliado en calle Padre Tadeo N° 6039, comuna de Quinta Normal, por haber incurrido en las infracciones previstas en los incisos primero y segundo del N° 4 del artículo 97 del Código Tributario. En dicha actuación, el Servicio (o indistintamente la denunciante o el ente fiscal) señaló que de acuerdo con la información recopilada en el Sistema Integrado de Cumplimiento Tributario (en adelante SICT) , el contribuyente se constituyó como sociedad el día 16 de abril del año 2002, registrando dos socias con igual participación: doña María Cecilia Contreras Vega y doña Audolia de las Mercedes Muñoz Pérez. Además, dicha entidad registró dos representantes legales: Mario del Valle López y Francisco Rivera Irrazaval.
Indica que el origen de la fiscalización hacia la denunciada comenzó a partir de una declaración rectificatoria de F22 del AT 2019 presentada por el contribuyente con fecha 11 de julio del año 2019 , la cual fue revisada por el Grupo N° 5 del Departamento de Fiscalización de la Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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