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Tribunal · solo Pro
AGROFRUTA LIMITADA con SII
Fecha: 01-07-2026 · Materia: Artículo 19 Nº 22 CPR
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo por vulneración de derechos contra resolución que rechazó revisión de actuación fiscalizadora, por insuficiente fundamentación del acto administrativo respecto de errores manifiestos individualizados.
Agrofruta Limitada presentó declaración de renta 2013 con pérdida tributaria. El SII emitió Liquidación N°248 rechazando depreciaciones y pérdidas. Tras Reposición denegada y sentencia de primer tribunal confirmando la liquidación, la empresa interpuso apelación ante Corte de Apelaciones (pendiente). Mientras tanto, presentó solicitud de Revisión de Actuación Fiscalizadora (RAF) denunciando errores manifiestos en la liquidación, acompañando informes técnicos y extensa documentación. El SII la admitió, requirió aclaraciones, pero finalmente la rechazó mediante Resolución N°213.448.
El tribunal analiza que la Resolución N°213.448, aunque formalmente motivada, no desarrolló fundamentación suficiente sobre los errores manifiestos específicamente individualizados por la reclamante. Si bien la resolución explica el carácter excepcional de la RAF y rechaza una revisión integral de la liquidación, omite analizar concreto si cada infracción denunciada configura error manifiesto. El procedimiento fue tramitado con demora (160 días vs 60 requeridos), incidiendo en que documentos considerados nuevos fueron posteriormente incorporados al recurso de apelación, dato que el SII utilizó
Se acoge el reclamo por vulneración de derechos. Se deja sin efecto la Resolución N°213.448 para que el SII dicte nueva resolución fundadamente sobre la RAF, sin que esto implique pronunciamiento sobre fondo de la controversia tributaria. No se condena en costas por complejidad jurídica del asunto.
“AGROFRUTA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
REGIONAL STGO ORIENTE”
RUC: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM No aplica
Multa UTM No aplica
Reajuste UTM No aplica
Intereses UTM No aplica
Cuantía Bruta UTM No aplica
Santiago, a uno de julio del año dos mil veintiséis.
VISTOS.
I.- FASE DE DISCUSIÓN.
A.- RECLAMO.
Con fecha 13 de diciembre de 2024 , en folios 1 al 16 del expediente electrónico , compareció don Luis Enrique Seguel Malagueño , abogado, cédula nacional de identidad N° [RUT reservado], en representación de la sociedad AGROFRUTA LIMITADA, Rol Único Tributario N° 77.618.380-6, domiciliados en Rosario Norte N°660, piso 20, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana , quien dedujo reclamación tributaria en contra de la Resolución Exenta N°213.448 , emitida con fecha 26 de noviembre de 2024 y notificada mediante correo electrónico el 27 de noviembre del mismo año por la Dirección Regional de Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando se sirva dejarlo sin efecto.
I. ANTECEDENTES PRELIMINARES 1. Antecedentes generales de la sociedad
Señala que Agrofruta Limitada nació como consecuencia de la división de la sociedad C y D Agrofruta Limitada, materializada mediante escritura pública otorgada el 24 de mayo de 2001 ante el Notario don Fernando Opazo Larraín.
Expone que el objeto principal de la sociedad consiste en la explotación agrícola y forestal de predios propios, arrendados o explotados bajo otras modalidades, la comercialización de los productos provenientes de dichas explotaciones, el desarrollo de actividades agroindustriales, la inversión en bienes raíces y bienes muebles agrícolas y la administración de dichas inversiones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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