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Tribunal · solo Pro
SII con MULTISERVICIOS GIANNIS DI GIOVANNI SPA
Fecha: 07-10-2026 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE No Ha Lugar
El TTA de Atacama rechazó el Acta de Denuncia N°4-2025 del SII por no acreditarse maniobras maliciosas con intención evasora, elemento exigido por el artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario.
El SII denunció a Multiservicios Giannis Di Giovanni SpA por la infracción del artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario, imputándole haber emitido y registrado contablemente la factura N°258 por $921.500, asociada a un crédito fiscal que se habría utilizado indebidamente en la declaración de IVA de mayo de 2024. La contribuyente se defendió alegando un error, señalando que corrigió su contabilidad excluyendo la factura y que el crédito nunca fue utilizado en el F29.
El tribunal estimó que la prueba del SII no acredita la infracción, pues la emisión y registro de una factura no declarada en el F29 de mayo 2024, junto con los demás antecedentes, no permite estimar maniobras maliciosas para aumentar créditos. El testimonio de Alexander Quezada y los descargos de la denunciada son contestes en que se trató de un error, constando en los registros de compras acompañados que la factura fue excluida como 'no Corresp. Incluir'. La declaración de Mery Huerta no se refiere a la factura N°258 ni al crédito asociado. Se descartó el dolo invocado por el SII, ya que sol
No ha lugar al Acta de Denuncia N°4-2025, por la infracción del inciso 2° del artículo 97 N°4 del Código Tributario; se deja sin efecto el acta en todas sus partes; no se condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar; el Director Regional del SII dispondrá el cumplimiento administrativo del fallo.
Copiapó, siete de octubre de dos mil veintiséis
VISTO:
Que a fojas 23 y siguientes, consta Acta de Denuncia N°4-2025 de 5 de diciembre de 20 25, emanada de la III DIRECCIÓN REGIONAL COPIAPÓ DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, R.U.T. N°60.803.121-9, interpuesta en este Tribunal en la misma fecha, la que da origen al presente Procedimiento General de Aplicación de Sancione s, conforme a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 161 del Código Tributario. La referida Acta fue formulada en contra de la cont ribuyente MULTISERVICIOS GIANNIS DI GIOVANNI SPA , RUT N°77.420.448-2, cuya razón social a la época del acta de denuncia es
MULTISERVICIOS GDG GROUP SPA , con giro en venta al por menor de computadores, programas informáticos y equipos de telecom unicaciones, artículos de ferretería, materiales de construcción y actividades de servicios vinculadas al transporte terrestre, legalmente representada por doña Giannis G énnesis Valeria Di Giovanni Ortiz , cédula de identidad N° [RUT reservado], domiciliada en Francisco de Aguirre N°147 CS-5, Mirador de Valle, comuna de Copiapó. La referida Acta de Denuncia N°4-2025 le imputa responsabilidad a la sociedad, en calidad de autora de Ia infracción tributaria prevista y sancionada en el art ículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, en Ia forma en que se detalla en dicha Acta y que a continuación se expone.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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