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Tribunal · solo Pro
ACUÑA SALINAS con SII
Fecha: 16-10-2026 · Materia: Liquidación
ACOGE+1.000M Ha Lugar
Se acoge el reclamo y se dejan sin efecto las liquidaciones fiscales, al acreditarse que los ingresos observados no eran rentas propias del reclamante sino de sociedades del Grupo JetSur que prestaron los servicios.
Rubén Sergio Acuña Salinas fue objeto de liquidaciones fiscales N°482089 a 482134, giradas por el SII, que le atribuyen ingresos por transporte de pasajeros afectos a IVA y rentas propias del período auditado. El contribuyente reclamó sosteniendo que operaba mediante sociedades del Grupo JetSur, las que materialmente prestaban los servicios, percibían los ingresos y los registraban y declaraban tributariamente. El SII fundó las liquidaciones en registros electrónicos y antecedentes de terceros que vinculaban operaciones al reclamante.
El Tribunal, valorando la prueba conforme a la sana crítica, estimó que las facturas invocadas por el Servicio solo revelan adquisiciones de bienes y servicios vinculados al giro, sin acreditar que el reclamante desarrollara personalmente actividades de transporte afectas a IVA o percibiera como propios los ingresos. La restante prueba dio cuenta concordante de la radicación de los vehículos y la actividad material en sociedades del Grupo JetSur, y el propio fiscalizador reconoció que no se identificaron adquisiciones de vehículos o buses por el reclamante en el período. La prueba documental,
Se acoge el reclamo tributario y se dejan sin efecto las Liquidaciones N°482089 a N°482134, por haberse acreditado que los ingresos considerados no correspondían a servicios o rentas propias del reclamante. El SII deberá practicar las actuaciones administrativas necesarias para cumplir lo resuelto. No se condena en costas a la reclamada por tener motivo plausible para litigar.
“ACUÑA SALINAS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
STGO PONIENTE”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 7931,21
Multa UTM 3910,53
Reajuste UTM 826,4
Intereses UTM 3004,87
Cuantía Bruta UTM 15673,01
Santiago, a dieciséis de octubre de dos mil veintiséis
VISTOS
I.- FASE DE DISCUSIÓN
A.- RECLAMO
Con fecha 18 de julio de 2025 , en folios 1-13vta, compareció Germán Andrés Vargas Domínguez, abogado, C.I. N°[RUT reservado], en representación de Rubén Sergio Acuña Salinas, Rut N°[RUT reservado], ambos domiciliados en avenida Andrés Bello 2233, oficina 501, Providencia, Región Metropolitana, quien interpuso Reclamo Tributario en contra de las Liquidaciones N°482089 a 482134, emitida con fecha 5 de noviembre de 2024, por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, notificada mediante correo electrónico con fecha 29 de noviembre de 2024.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN
Afirmó la actora que Rubén Sergio Acuña Salinas , inició actividades con fecha 01- 01-1993, con el giro de actividades afecto a Impuesto de Primera Categoría correspondiente a transporte urbano y suburbano de pasajeros vía locomoción colectiva. Desde entonces, el contribuyente ha realizado sus actividades a través de diversas sociedades dedicadas fundamentalmente a la actividad de transporte de pasajeros que forman parte del Grupo JetSur. Dichas sociedades han presentado todas sus declaraciones de impuestos mensuales y anuales dentro de los plazos legales correspondientes con estricto apego a la normativa legal y reglamentaria vigente. 9f658b7f51794be898c8044ba1a172c0
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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