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Tribunal · solo Pro
COMPANIA ALIMENTARIA NACIONAL CHILE S A con SII
Fecha: 02-12-2013 · Materia: Resolución
RECHAZA Confirmatorio Ha Lugar No Ha Lugar No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación contra denegación de devoluciones de saldo a favor (PPM y SENCE) por AT 2011 y 2012, confirmando resoluciones del SII al no acreditarse fehacientemente la procedencia de ingresos y pérdida tributaria de arrastre.
Compañía Alimentaria Nacional Chile S.A. solicitó devoluciones de saldo a favor por $26.565.530 (AT 2011) y $23.729.576 (AT 2012), originadas en excedentes de PPM y crédito SENCE. El SII denegó ambas devoluciones mediante resoluciones de 19 de noviembre de 2012, argumentando que la declarante no acompañó antecedentes suficientes para verificar ingresos declarados, pérdida tributaria de arrastre y gastos por remuneraciones. La reclamante presentó prueba documental y testimonial intentando acreditar la procedencia de las devoluciones.
El tribunal confirmó que posee facultades para conocer del fondo y la prueba acompañada en instancia judicial, no obstante su no presentación en etapa administrativa, conforme al artículo 124 del Código Tributario y principios de defensa. Analizadas las observaciones del SII (A08, F63, A09, A33, F53, F95), se concluyó que solo desvirtuaron F53 y F95 (AT 2012). Respecto a ingresos, la reclamante no acreditó técnicamente la reversa de provisiones ni compensación de ingresos sobredeclarados en años anteriores, contraviniendo el inciso 2º del artículo 29 de la LIR. Para la pérdida de arrastre, fal
Se rechaza la reclamación y se confirman las Resoluciones Exentas Nº114000000001 y Nº214000000116, ambas de 19 de noviembre de 2012, emitidas por el SII. No se condena en costas a la reclamante por estimar motivos plausibles para litigar.
UN)
Ss
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
VISTOS:
El escrito de fecha 19 de febrero de 2013, rolante a fojas 1 a 8 de autos, presentado por don LUIS ALBERTO YAPUR NICHOLLS, RUT N*[RUT reservado], en representación de COMPAÑÍA ALIMENTARIA NACIONAL CHILE S.A., RUT
N%99.563.050-8, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida del Valle N9738, comuna de Huechuraba, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamación establecido en el Código Tributario, en contra de las Resoluciones Ex. N*114000000001 y Ex. N*214000000116, ambas de fecha 19 de noviembre de 2012 y notificadas por carta certificada el día 23 de noviembre de 2012, mediante las cuales se declaran improcedentes las devoluciones de saldo a favor retenido de la Declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario (en adelante AT) 2011, por un monto ascendente a $ 26.565.530.- (veintiséis millones quinientos sesenta y cinco mil quinientos treinta pesos) y de la Declaración de Impuesto a la Renta AT 2012, por un monto ascendente a $ 23.729.576.- (veintitrés millones setecientos veintinueve mil quinientos setenta y seis pesos) fundado en que el contribuyente y reclamante en autos, no habría aportado al ente fiscal los antecedentes necesarios para proceder a verificar la exactitud de la información consignada en sus Declaraciones Anuales de Impuesto a la Renta del AT 2011 y 2012, contenida en el Formulario N% 22 (en adelante F22), folios N*96100931 y N*231591572 respectivamente, no habiendo demostrado consecuentemente la procedencia de la devolución solicitada; y en contra de la Resolución Ex. DJU 14.01 N*24074 de fecha 5 de febrero de 2013, notificada el día 18 de febrero del mismo año.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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