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Tribunal · solo Pro
Administradora de Supermercados Hiper Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 24-01-2014 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Administradora de Supermercados Híper contra resolución del SII que denegó devolución de $54.289.315 por falta de legitimación activa de la reclamante.
Hipermercado Calama Limitada presentó en 2010 declaración de renta solicitando devolución de $67.828.099 por exceso de PPM ($58.801.106) y crédito SENCE ($9.026.993). SII autorizó devolución parcial de $13.538.784 y negó el saldo mediante Resolución N°1033 de 2013 por observaciones en la declaración. Posteriormente, Hipermercado Calama fue absorbida por Hipermercado Velásquez Oeste, que a su vez fue absorbida por Administradora de Supermercados Híper Limitada, quien interpone este reclamo.
El tribunal analiza la legitimación activa para reclamar conforme al artículo 124 del Código Tributario, requiriendo interés actual comprometido. Concluye que no se acreditó que las escrituras de fusión produjeron efectos legales, particularmente la inscripción en registro de comercio y publicación en Diario Oficial conforme a la Ley 3.918. Al no probarse la sucesión de derechos y obligaciones, no existe interés actual comprometido de la reclamante. El tribunal considera inoficioso pronunciarse sobre el fondo dado que la falta de legitimación activa es causal de rechazo.
Se declara no ha lugar a la reclamación interpuesta. Se omite pronunciamiento sobre otras materias por resultar inoficioso. Se absuelve de costas a la parte vencida por haber tenido motivo plausible para litigar.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Administradora de Supermercados Híper Limitada.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento General de Reclamaciones – Código Tributario.
Antofagasta, a veinticuatro días del mes de enero de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 79, comparece don Juan Pablo Cabello Palma, abogado, rol único tributario N° [RUT reservado], con domicilio en calle Balmaceda N° 3242, Calama , en representación del contribuyente Administradora de Supermercados Híper Limitada, Rol Único Tributario N° 76.134.941-4, continuadora legal de Hipermercado Calama Limitada, Rol Único Tributario N° 77.731.680-K (en adelante HM Calama) con domicilio en calle Balmaceda N° 3242, Calama ; quien deduce reclamo en contra de la Resolución N° 1033, emitida con fecha 29 de abril de 2013, por la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio de Impuestos Internos, mediante la cual se resuelve no dar lugar a la devolución solicitada por el contribuyente, a través del formulario N° 22 correspondiente al Año Tributario 2010, Folio N°88871070.
I. Antecedentes relativos a la Resolución N° 1033.
Expresa que para el año 2010, mediante formulario 22 Folio N° 888 71070 se solicitó una devolución ascendente a $67.828.099, la cual se conformaba por $58.801.106. - por concepto de Pagos Provisionales Mensuales, y $9.026.993. - por concepto de Crédito por Gastos de Capacitación (SENCE).
Con fecha 24 de mayo de 2010, se autorizó la devolución parcial de $13.538.784. -, quedando pendiente la devolución de un saldo ascendente a $ 54.289.315.-
Posteriormente, mediante Resolución N° 1033 emitida por el SII, con fecha 29 de abril de 2013, se denegó el saldo de la devolución solicitada (por $54.289.315), principalmente por cuanto el contribuyente tendría las siguientes observaciones:
Codificación de la observación
Glosa
A73
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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